SIN INFORMACION

DOMINGO ALEJANDRO ARAVENA RETAMAL CONTRA PRIMER JUZGADO DEL CRIMEN DE SAN CARLOS

Rol

Fecha

14 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1°. Que, comparece Domingo Alejandro Aravena Retamal, domiciliado en la comuna de Lo Pardo, recurriendo de amparo constitucional en contra del Primer Juzgado del Crimen de San Carlos, por el no archivo de la causa N° 54.023-1996, no obstante tener pena remitida y cumplida el 17 de diciembre de 1998, en el Centro de Detención Preventiva de San Carlos, sosteniendo que la aludida causa no fue archivada y producto de lo anterior no se le autoriza a salir del país al figurar en los registros de Policía Internacional, circunstancia que lesiona a su persona, específicamente en lo referido a su derecho constitucional a la protección personal, consagrado en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita se tenga por interpuesto recurso de amparo en su favor, admitirlo a tramitación y acogerlo en todas sus partes, adoptando todas las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de su persona. 2°.- Que, informa la presente acción constitucional la Jueza Titular del Juzgado de Letras de San Carlos doña Débora Beatriz Riquelme Contreras, quien refiere que en causa criminal Rol 54.023-1995 del Primer Juzgado de Letras de San Carlos el amparado fue condenado a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorias legales en calidad de autor del delito de lesiones, concediéndosele el beneficio de la remisión condicional de la pena por el período de un año. Añade que el sentenciado cumplió la pena el 17 de diciembre de 1998, lo que consta en su extracto de filiación y antecedentes, quedando en esa fecha sin efecto el arraigo. Finaliza señalando que, sin perjuicio de lo anterior, con fecha del informe evacuado se ofició a Policía de Investigaciones, informando lo anterior. 3°.- Que, el recurso de amparo tiene por objeto que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, pueda ocurrir a la magistrat

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por Domingo Alejandro Aravena Retamal en contra del Primer Juzgado de Letras de San Carlos. Regístrese, comuníquese y, ejecutoriado, archívese. ROL N° 3-2020-AMPARO.-

Texto Completo (Preview)

Chillán, catorce de enero de dos mil veinte. Vistos: 1°. Que, comparece Domingo Alejandro Aravena Retamal, domiciliado en la comuna de Lo Pardo, recurriendo de amparo constitucional en contra del Primer Juzgado del Crimen de San Carlos, por el no archivo de la causa N° 54.023-1996, no obstante tener pena remitida y cumplida el 17 de diciembre de 1998, en el Centro de Detención Preventiva de San

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