CORPORACIÓN DE DESARROLLO DEL NORTE S.A. CON CASTRO FUENTES EDGARDO
Rol
Fecha
13 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE que los supuestos estrictamente procesales de la recusación, impiden entender que los mismos constituyen la causal del numeral 10 del artículo 196 del Código Orgánico de Tribunales, razón por la cual no resulta procedente declarar que afecta al Juez Sr. Castro, algún motivo de inhabilidad en estos autos. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 119 y 122 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 204 del Código Orgánico de Tribunales, SE DESECHA, el incidente de recusación promovido por don Rodolfo Ulloa Araya en contra de la Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, don Edgardo Castro Fuentes. Además, y de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 122 del mismo cuerpo legal, se impone al incidentista una multa equivalente a la mitad de la suma por ella consignada. Gírese cheque en la oportunidad que corresponda por la diferencia. Regístrese, comuníquese lo resuelto al Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, y archívese. Rol Corte N° 619-2019 Civil (Recusación).
Texto Completo (Preview)
Iquique, trece de enero de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE que los supuestos estrictamente procesales de la recusación, impiden entender que los mismos constituyen la causal del numeral 10 del artículo 196 del Código Orgánico de Tribunales, razón por la cual no resulta procedente declarar que afecta al Juez Sr. Castro, algún motivo de inhabilidad en estos autos. Y visto, ade
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