SIN INFORMACION

AMPARADO: PATRICIO ALEJANDRO ARANEDA VIDAURRE/RECURRIDO: JUZGADO DE FAMILIA DE CONCEPCION

Rol

Fecha

13 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparece don Franklin Bustos Días, domiciliado en calle Paicaví N° 297, primer piso, comuna de Concepción, en favor de don PATRICIO ALEJANDRO ARANEDA VIDAURRE, quien deduce acción constitucional de amparo, en contra del Juzgado de Familia de Concepción por haber realizado actos arbitrarios e ilegales con infracción a las garantías constitucionales del artículo 19 número letras b) y c), indicando que, con fecha 10 de septiembre de 2019, en causa RIT Z-916-2017, dicho Tribunal despachó orden arresto nocturno en contra de don Patricio Araneda Vidaurre, por el incumplimiento del pago de pensión de alimentos decretada en favor de sus hijos. Señala que con fecha 2 de enero del presente año concurrió, hasta el domicilio de la pareja del recurrente, personal de Policía de Investigaciones de Chile a fin de efectuar su detención, utilizando para dicha diligencia una foto del mismo titulada “Se Busca”. Sin embargo, su detención no pudo llevarse a cabo dado que no se encontraba en el lugar. Afirma que no es primera vez que don Patricio Araneda Vidaurre se encuentra en esta situación, ya que anteriormente se le había decretado arresto nocturno en la misma causa (RIT Z-916-2017), momento en el cual estuvo cumpliendo dicho arresto por ser imposible pagar a lo menos el 50% de la deuda como lo solicitaba el tribunal pues que se encontraba sin trabajo. Añade que actualmente el recurrente se encuentra cesante y realizando trabajos informales como chofer de Uber, por lo que le resulta imposible reunir y pagar el total de la deuda, aunque con la intención de cumplir y ser un padre presente ha realizado abonos en forma periódica a la deuda. Indica que presentó una propuesta de pago que le permitiera cumplir con la obligación de alimentos e ir abonando de manera mensual a la deuda existente, pero que fue rechazada por la madre los alimentarios, quien insistió en el pago total de la deuda, lo cual es imposible dada su situación económica, argumento que no fue considerado por el t

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º Que el recurso de amparo, es una acción constitucional cuyo objetivo es restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado por actos arbitrarios o ilegales que le priven, perturben y amenacen en su derecho a la libertad personal y a la seguridad individual. 2º Que, es indiscutida la obligación que pesa sobre el amparado, decretada en causa Rit C-3395-2016 del Juzgado de Familia de Concepción, en orden a pagar en favor de sus hijos, la suma de $150.000.- Mensuales durante los meses de noviembre de 2018 a abril de 2019 inclusive, $170.000.- mensuales los meses de mayo y junio de 2019, $190.000.- mensuales los meses de julio y agosto de 2019, $210.000.- mensuales los meses de septiembre y octubre de 2019 y $350.000.- mensuales a contar del mes de noviembre de 2019, reajustables semestralmente en la misma proporción que varíe el IPC. 3º Que, el amparado adeuda alimentos por $1.555.000, según liquidación del 22 de noviembre de 2019, respecto de la cual persiste el incumplimiento de pago, razón por la cual se encuentra en actual tramitación la causa Z-916-2017 que persigue el cumplimiento de los alimentos decretados. 4º Que, el artículo 14 inciso 2º de la Ley 14.908 dispone: “Si el alimentante infringiere el arresto nocturno o persistiere en el incumplimiento de la obligación alimenticia después de dos periodos de arresto nocturno, el juez podrá apremiarlo con arresto hasta por quince días. En caso de que procedan nuevos apremios, podrá ampliar el arresto hasta por 30 días.” 5º Que, así las cosas, los apremios fundantes del recurso de amparo, no son arbitrarios ni ilegales, sino que han sido dictados conforme a derecho, dentro del debido proceso que para esta clase de conflictos establece la normativa vigente, actuando el Tribunal de Familia, dentro de su competencia y en la forma que señala la ley.

Fallo

por tanto en el incumplimiento en el pago de su obligación alimenticia para con sus hijos. Por último, indica que el fundamento legal de la medida de apremio encuentra su sustento en la norma del artículo 14 de la Ley N°14.908, especialmente en su inciso 2o, ya que el recurrente alimentante que pretende amparo ante esta Corte ha infringido ya a lo menos en dos ocasiones el apremio de arresto nocturno y persiste el día de hoy en el incumplimiento de su obligación alimenticia. Asimismo se hace presente que no ha alegado enfermedad, invalidez o alguna circunstancia extraordinaria que le permitiera estar en las situaciones de excepción, que impiden el cumplimiento del apremio o lo transformen en extremadamente grave, como prescribe la norma citada en su inciso final. CONSIDERANDO: 1º Que el recurso de amparo, es una acción constitucional cuyo objetivo es restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado por actos arbitrarios o ilegales que le priven, perturben y amenacen en su derecho a la libertad personal y a la seguridad individual. 2º Que, es indiscutida la obligación que pesa sobre el amparado, decretada en causa Rit C-3395-2016 del Juzgado de Familia de Concepción, en orden a pagar en favor de sus hijos, la suma de $150.000.- Mensuales durante los meses de noviembre de 2018 a abril de 2019 inclusive, $170.000.- mensuales los meses de mayo y junio de 2019, $190.000.- mensuales los meses de julio y agosto de 2019, $210.000.- mensuales los meses

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Bmg/Luc Concepción, trece de enero de dos mil veinte. VISTO: Comparece don Franklin Bustos Días, domiciliado en calle Paicaví N° 297, primer piso, comuna de Concepción, en favor de don PATRICIO ALEJANDRO ARANEDA VIDAURRE, quien deduce acción constitucional de amparo, en contra del Juzgado de Familia de Concepción por haber realizado actos arbitrarios e ilegales con infracción a

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica