SIN INFORMACION

LOTITO/GONZÁLEZ

Rol

Fecha

13 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Vicente Ramiro Moya Suárez, abogado, en representación del Establecimiento Educacional Colegio Español E.I.R.L., cuyo sostenedor es el señor Franco Lotito Manterola, deduciendo recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta PA N° 001744, de fecha 17 de octubre del año 2019, de la Superintendencia de Educación, en base a los siguientes antecedentes. Expone que la Fiscal del proceso administrativo incoado en contra de su representada, por resolución exenta N° 2018/PA/04/158, de 17 de abril de 2018, formuló los siguientes cargos: “Cargo N° 1: Hallazgo N° 74 Establecimiento vulnera derechos y/o no cumple deberes para con los miembros de la comunidad educativa. Sustento N° 74.02 Establecimiento vulnera derechos y/o no cumple deberes para con los miembros de la comunidad educativa. Norma Transgredida: Artículos 10 y 11, inciso final del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación.Tipo infraccional: Infracción menos Grave. Articulo 77 letra c) de la Ley N° 20.529”. Cargo No 2: Hallazgo N° 73 Establecimiento no garantiza un justo proceso que regule las relaciones de los miembros de la comunidad escolar; Sustento 7302 establecimiento no aplica correctamente el reglamento interno. Norma transgredida art. 46 letra f del decreto con fuerza de ley no2 del 2009, del Ministerio de Educación; art. 8 Decreto Supremo N°315 del 2010 del Ministerio de Educación. Tipo Infraccional: Infracción menos grave art. 77 letra c) de la ley 20.520.” Agrega que el señor Fiscal de la Superintendencia de Educación don Mauricio Irarrázabal Cerpa, por orden del señor Superintendente y por Resolución Exenta PA/001744/de fecha 17 de octubre del 2019, acogió parcialmente el recurso de reclamación interpuesto en contra de la resolución exenta Nº 2018/PA/04/158 de fecha 17 de abril del año 2018, del Director Regional de la Superintendencia de Educación de la Región de Coquimbo, en la cual se rebaja el monto de la multa aplicada por la resolución recurrida de 53 Unidades Tributarias Mensuales a 51 Unidades Tributarias Mensuales, confirmando la decisión en cuanto a sobreseer el cargo N°1. En relación con el cargo Nº 2, solicita el sobreseimiento del cargo sancionado y en subsidio se declare la nulidad del proceso, fundado en que se han violado las normas del debido procedimiento sancionatorio, ya que no se permitió la acreditación de los hechos por las vías de la prueba testimonial. En efecto, en la formulación de descargos se ofreció como prueba el testimonio de tres testigos que se individualizan como don Rodrigo Araya Carvajal, doña Ana Morales Acuña y doña Macarena Ortiz López. Sin embargo, esta prueba fue rechazada y no se permitió que se rindiera ante la señora fiscal, señalándose como fundamento de la negativa en que los interesados en solicitar las medidas tendrán la obligación de señalar que estas son pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos. El artículo 35 de la Ley 19.880

Fallo

Por estas consideraciones solicita hacer lugar a la reclamación disponiendo el sobreseimiento de su representada Establecimiento Educacional Colegio Español, con costas. En subsidio, solicita se disponga la reapertura del proceso, a fin de que un nuevo fiscal proceda a sobreseer al sostenedor o formule los nuevos cargos que estime pertinentes, disponiendo su notificación con el fin de ejercer en plenitud el derecho a defensa que les asiste, con costas. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Fotocopia de la resolución exenta N°2018/PA/04, de fecha 17 de abril del 2018, de la Superintendencia de Educación de La Serena; 2.- Fotocopia de la resolución exenta PA No001744 de fecha 17 de octubre del año 2019, de la Superintendencia de Educación de Santiago; 3.- Copia correo electrónico de la Superintendencia de Educación correo Javier.cirano@supereduc.cl de fecha 17 de octubre del año 2019, en la cual se le notifica de la resolución exenta 1.744 de fecha 17/10/2019, que contiene el texto completo de la resolución exenta mencionada; 4.- Fotocopia de la formulación de descargos presentada a la Superintendencia de Educación de La Serena el 20 de noviembre del año 2017. SEGUNDO: Que, evacuó informe la abogada Paulina Román Ramos, en representación de la Superintendencia de Educación, en los siguientes términos. Expone que con fecha 16 de junio de 2017 se ingresó́ la siguiente denuncia: “La Sra. Marcela Canales madre alumna de 1° medio Colegio Español de Coquimbo, dice que su hija ha

Texto Completo (Preview)

Lotito Manterola, Franco Ítalo Miguel Superintendencia de Educación Contencioso Administrativo Rol N° 39-2019.- La Serena, trece de enero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Vicente Ramiro Moya Suárez, abogado, en representación del Establecimiento Educacional Colegio Español E.I.R.L., cuyo sostenedor es el señor Franco Lotito Manterola, deduciendo recurso de rec

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