SIN INFORMACION

VÁSQUEZ/PDI DE ARICA

Rol

Fecha

13 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña Susan Calderón Choppelo, abogada, en representación de don Boris Vásquez Alarcón, funcionario de la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional de Arica, dedujo recurso de protección en contra de la Prefectura de Migraciones y de Policía Internacional, de la Policía de Investigaciones de Chile. Como fundamento indicó que el recurrente en compañía del funcionario Álvaro Pizarro Mora, el 22 de marzo de 2019, alrededor de las 04:50 horas, fueron víctimas de una agresión grupal por un sujeto masculino y tres ciudadanas extranjeras, hecho acecido en el estacionamiento del servicentro COPEC emplazado en avenida Santiago Arata N° 3190, de la ciudad de Arica, resultando lesionados los dos funcionarios, por lo cual efectuaron la denuncia respectiva, abriéndose la investigación bajo el RUC N°1900349735-9, respecto a la cual el Ministerio Público emitió orden de investigar, la que fue informada mediante el Informe Policial N° 142, donde se estableció el nombre de las personas que los agredieron, determinando su carácter de víctimas en los referidos hechos. Pese a su carácter de víctimas en los indicados hechos, mediante Minuta s/n de 22 de marzo de 2019 se inició investigación interna, la que posteriormente se elevó a Sumario Administrativo 187-2019, en la cual se le atribuyeron tres cargos. Agrega que respecto a la formulación de cargos, el día 13 de mayo del 2019 se presentaron alegaciones de defensa o descargo y se ofreció prueba, pero no se dio respuesta administrativa, por lo cual se complementaron los descargos el 01 de julio de 2019 y se ofreció nueva prueba, la cual la fiscalía no quiso producir, la cual fue desechada por el Comisario Gálvez Lynch sin dar explicaciones. Luego ocurre una segunda reapertura, con nueva formulación de cargos, donde se añade un nuevo cargo, a la cual nuevamente se hacen descargos administrativos, por presentación de 19 de julio de 2019, nuevamente desechada sin justificar, expresando los argumentos indicados para desvirtuar cado uno de los cargos formulados. Por lo antes indicado, estima que se ha vulnerado sistemáticamente el derecho de defensa del recurrente, basándose en antecedentes inidóneos para aplicar una sanción administrativa, con una clara desviación de poder por prescindir de los eventos que debe cumplir un acto administrativo, lo cual se ha plasmado en el Dictamen N° 187-2019/4-2019, vulnerando de esta forma las garantías constitucionales establecidos en los N° 2, 3 inciso 5°, y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Por todo lo antes indicado, solicita se ordene suprimir la medida sancionatoria en contra del recurrente. SEGUNDO: Que, evacuando el informe solicitado por esta Corte, don José Ortiz Sandoval, Prefecto Inspector, Jefe de la Región Policial de Arica y Parinacota, señaló que conforme a la orden N° 187 del 25 de marzo de 2019, el Jefe de la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Arica Parinacota, instruyó investigación

Fallo

se declara: I.- Que SE RECHAZA el recurso de protección deducido por la abogada doña Susan Calderón Choppelo, en representación de Boris Vásquez. II.- Déjase sin efecto la orden de no innovar decretada. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol Nº 1715-2019 Protección.

Texto Completo (Preview)

Arica, trece de enero de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña Susan Calderón Choppelo, abogada, en representación de don Boris Vásquez Alarcón, funcionario de la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional de Arica, dedujo recurso de protección en contra de la Prefectura de Migraciones y de Policía Internacional, de la Policía de Investigaciones de Chile. Como fundamento

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