SIN INFORMACION

PATRICIO ALEJANDRO SALGADO GONZALEZ CONTRA RES. DEL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE NACIMIENTO.

Rol

Fecha

13 de enero de 2020

Materia

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Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: 1° Que recurre de hecho el abogado de la Corporación de Asistencia Judicial don Patricio Salgado González, en contra de la resolución de 21 de noviembre de 2019 en la causa Rol C-345-2019 del Juzgado de Letras de Nacimiento, que concedió el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia definitiva, que rechazó la querella de restablecimiento interpuesta por la recurrente y la condenó en costas; no obstante ser improcedente por falta de

Fundamentos

fundamentos de hecho y carecer de peticiones concretas, por lo que dicho recurso debió ser denegado. Expone que el escrito de apelación, no presenta ninguna fundamentación fáctica, sino meras expresiones de agravio y de conformidad al inciso primero del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación deberá contener los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya. Agrega que en la parte petitoria, la recurrente señaló "tener por interpuesto recurso de apelación fundado en contra del

Fallo

fallo individualizado, acogerlo y en conclusión recovar dicha resolución en todas sus partes en relación con lo antes expuesto." (SIC) y que la parte recurrente ha solicitado es recovar lo que dice relación con un verbo transitivo que significa "comprar para revender huevos, gallinas y algunas otras cosas". Ciertamente, lo que la parte recurrente solicitó no guarda relación con lo debatido en el litigio y habría que aplicar el principio de buena fe procesal con una interpretación amplísima para concordar y configurar congruencia argumental entre lo resuelto por el Tribunal a quo, y lo que ha pedido concretamente la recurrente en su petitum del recurso. Así, solicitó que se acoja el recurso de hecho y que el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia definitiva es improcedente, por carecer de fundamentación fáctica y carecer de peticiones concretas, siendo, por ende, inadmisible. 2°.- Que conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación deberá contener los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya y las peticiones concretas que se formulan. El artículo 201 del mismo texto, en tanto y en lo pertinente, dispone que si la apelación no es fundada o no tiene peticiones concretas, “el tribunal correspondiente deberá declararla inadmisible de oficio. La parte apelada, en todo caso, podrá solicitar la declaración pertinente, verbalmente o por escrito.”. 3°.- Que se ha interpuesto fa

Texto Completo (Preview)

Concepción, trece de enero de dos mil veinte. Vistos: 1° Que recurre de hecho el abogado de la Corporación de Asistencia Judicial don Patricio Salgado González, en contra de la resolución de 21 de noviembre de 2019 en la causa Rol C-345-2019 del Juzgado de Letras de Nacimiento, que concedió el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia definitiva, que rechazó la querella de restab

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