RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE SERGIO ANDRÉS PÉREZ FERNÁNDEZ CONTRA LA COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
13 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el ocho de enero de dos mil veinte, el abogado Hamilton González Rojas e interpone acción constitucional de amparo a favor de don Sergio Andrés Pérez Fernández, actualmente privado de libertad en Centro de Cumplimiento Penitenciario de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, segundo semestre año dos mil diecinueve, por haberle denegado la concesión del beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N° 321, afectándose con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, al extender de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad. Señala que el rechazo de dicho beneficio se basa en el informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, siendo que dichos factores de riesgos fueron evaluados en detalle por la psicóloga Claudia Bustos Miranda, quien arriba a conclusiones completamente distintas al primero de los informes aludidos. En virtud de lo anterior, solicita se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada a su respecto por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándosele en su lugar el beneficio de la libertad condicional impetrado. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Copia de la resolución N°0518-2019 pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional; 2.- Informe de postulación psicosocial de libertad condicional del amparado; 3.- Diploma taller de lectura, realizado por el amparado; 4.- Dos comprobantes de recepción de productos para la venta otorgado por Siges S.A., por trabajos realizados por el amparado, y; 5-. Informe psicológico evacuado por la psicóloga Claudia Bustos Miranda, respecto del amparado. SEGUNDO: Que, informando la parte recurrida, a través de su Presidente (s) señora María Inés Devoto Torres, señala que desde el siete al once de octubre del año dos mil diecinueve sesionó la Comisión de Libertad Condicional de esta Región para conocer diversas solicitudes sobre materias de su competencia y en relación al condenado Sergio Andrés Pérez Fernández, cédula nacional de identidad Nº 16.645.007-1, la Comisión, con los antecedentes que tuvo a la vista, decidió no concederle el beneficio de Libertad Condicional por las razones consignadas en el numeral 3º de la Resolución Nº 0518-2019 de nueve de octubre de dos mil diecinueve, el cual transcribe: “3.- Que no cumple con el requisito establecido en el numeral tercero del Art. 2 del D.L. 321, toda vez que del mérito del informe de postulación psicosocial que se tiene a la vista por la comisión se desprende que el postulado no tiene conciencia del delito, pues si bien reconoce su participación en los mismos, logrando identificar su impulsividad como un elemento que incidió en su conducta no logra integrar una problematización madura y critica al respecto manteniendo un discurso superficial. Asimismo carece de conciencia del daño, ya que no visualiza a las víctimas como tales,
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Pérez Fernández, Sergio Andrés Comisión de Libertad Condicional Amparo art. 21 Constitución Política Rol 8-2020 La Serena, trece de enero de dos mil veinte VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el ocho de enero de dos mil veinte, el abogado Hamilton González Rojas e interpone acción constitucional de amparo a favor de don Sergio Andrés Pérez Fernández, actualmente privado de libertad en C
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