MP C/ CRIST CONSTANZA COLLAO PONCE
Rol
Fecha
13 de enero de 2020
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y en virtud de sus propios fundamentos, se confirma la sentencia apelada de veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe que negó el cumplimiento de la pena sustitutiva mediante libertad vigilada intensiva respecto del condenado Luis Alberto Cordero Rodríguez. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Espinoza quien estuvo por revocar la sentencia, en su parte apelada, por cuanto siendo la sentencia que sería óbice para establecer la libertad vigilada intensiva de cumplimiento en sí mayor a 5 años y que el hecho de ser establecida como insatisfactorio conforme el antiguo artículo 28 de la Ley N°18.216, sólo es declarativo de ello, no comprometiendo su verdadero plazo de cumplimiento sustancial; y unido a ello que la nueva redacción de la Ley N°18.216 establece un límite a la Ley N°20.000 en el artículo 62 esto es de 5 o 10 años, según sea pena de crimen o simple delito, el cual estaría cumplido con creces en este caso, y dándose los demás requisitos del artículo 15 y siguientes de la Ley 18.216, se cumpliría con los requisitos de dicha pena sustitutiva para su concesión. Comuníquese por la vía más expedita RIT 74-2019, RUC 1900305864-9 N°Penal-42-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Djc ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a trece de enero de dos mil veinte, se da inicio a esta audiencia a las 09:52 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, siendo presidida por el Ministro Sr. Patricio Martínez Sandoval e integrada por el Ministro Suplente Sr. Erick Espinoza Cerda y el Abogado Integrante Sr. Fabián Elorriaga De Bonis, actuando como ministro
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