SEPULVEDA REY AQUILES Y OTROS CON TILL KREYTEMBERG
Rol
Fecha
10 de enero de 2020
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, conforme el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, la medida precautoria solicitada supone que se acompañen comprobantes que constituyan a lo menos presunción grave del derecho que se reclama, y en la especie, atendida la naturaleza de lo pedido, tales comprobantes deben decir relación con aspectos de fondo de la acción deducida, sin que se advierta entonces el cumplimiento del requisito antes mencionado. 2°.- Que, los documentos acompañados en esta instancia no permiten desvirtuar la conclusión a la que arribó el Sr. Juez A quo, pues no permiten tener por cumplida la exigencia a la que hace referencia en el artículo mencionado en el motivo anterior, lo que lleva a confirmar la decisión en alzada, tal como se dirá. 3°.- Que, en cuanto a las costas, se debe hacer presente que el incidentista, conforme lo dispone el artículo 144 del código de enjuiciamiento, ha tenido motivo plausible para litigar, por lo que cabe compartir la resolución que lo eximió del pago de ellas. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha tres de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, recaída en los autos Rol N° C-5453-2018. Sin perjuicio de lo anterior, el Sr. Juez A quo, deberá prestar atención preferente para la presente causa, y dictará a la brevedad la interlocutoria de prueba, la que está pendiente desde el mes de mayo del año próximo pasado. Comuníquese. Rol I. Corte N° 986-2019 -Civil-.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, diez de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, conforme el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, la medida precautoria solicitada supone que se acompañen comprobantes que constituyan a lo menos presunción grave del derecho que se reclama, y en la especie, atendida la naturaleza de lo pedido, tales comprobantes deben decir relación con aspectos de fondo
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