SILVIA DONOSO GRAY CONTRA REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE VALPARAISO
Rol
Fecha
10 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio1, comparece doña Silvia Donoso Gray, quien se individualiza y recurre de protección en contra del Servicio de Registro Civil de la Región de Valparaíso, solicitando resolución urgente sobre la normalización de sus documentos personales, ya que al tramitar su pasaporte en el Registro Civil ha tenido dificultades con su carnet de identidad. Según funcionario de la Policía de Investigaciones había una situación con sus números de identidad y segundo apellido. Expone que al parecer la irregularidad es con su segundo apellido, el que es Gray y al parecer hay algo con el apellido Garay y algunos números finales de su carnet. Indica que teniendo sus documentos claros, solicita una pronta respuesta, debido a que tiene que viajar a Estado Unidos y ha esperado mucho tiempo a que le entreguen su pasaporte. Adjunta a su informe el comprobante de solicitud de Pasaporte y el comprobante de pago que da cuenta de la fecha de ingreso del trámite, el día 11 de octubre de 2019. A folio 4, evacua informe el Servicio de Registro Civil e Identificación, que señala al tenor del recurso, que la recurrente no invoca ninguna garantía constitucional vulnerada con dicha negativa, y que de acuerdo a lo informado por el Subdepartamento de Identificación del Servicio, revisados los antecedentes y de conformidad con la Base de Datos del Sistema de Identificación de Cédulas de Identidad, Pasaportes y Servicios Relacionados, que entró en funcionamiento el 2 de septiembre de 2013, doña Silvia Donoso Gray, Cédula de Identidad N° 4.649.564-0, registra una solicitud de pasaporte de fecha 11 de octubre de 2019, requerida en la Oficina de Valparaíso de este Servicio. En virtud de la investigación llevada a cabo, indica que el pasaporte, se encuentra disponible para su entrega, personalmente a la recurrente con su respectivo comprobante en la Oficina referida, por lo que solicita el rechazo del recurso. A folio 5, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales constituye una vía especial para adoptar medidas que permitan restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado o amenazado por una actuación arbitraria o ilegal que afecte alguna de las garantías que la Carta Fundamental protege por este medio, de manera que no sólo es menester constatar la existencia de una vulneración de los derechos sino que además el tribunal debe estar en condiciones de poder adoptar alguna medida para remediar lo ocurrido. Segundo: Que, como tal, es una acción que se ha establecido como un recurso netamente desformalizado, pudiendo interponerse por el afectado o por cualquiera otra persona en su nombre, capaz de parecer en juicio, aunque no tenga para ello mandato especial, por escrito en papel simple o por cualquier medio electrónico, tal como se desprende de lo dispuesto en el artículo 2 del Auto Acordado Sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, tal como consta se dedujo el recurso que se encuentra en actual conocimiento de esta Corte. Tercero: Que, según aparece de lo informado por el Servicio, el documento de identificación solicitado por la recurrente y que le fuera negado en su oportunidad, se encuentra disponible para su retiro en la Oficina correspondiente, de manera tal que no resulta posible a esta Corte adoptar medida cautelar alguna por cuanto éste ha perdido oportunidad, correspondiendo desestimar el presente recurso de protección. Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en las normas á legales citadas, en el art culo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, el recurso deducido por doña Silvia Donoso Gray, en contra del Servicio de Registro Civil de la Región de Valparaíso por no existir medida que esta Corte pueda adoptar. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N°Protección-40076-2019.
Texto Completo (Preview)
Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de enero de dos mil veinte. Vistos: A folio1, comparece doña Silvia Donoso Gray, quien se individualiza y recurre de protección en contra del Servicio de Registro Civil de la Región de Valparaíso, solicitando resolución urgente sobre la normalización de sus documentos personales, ya que al tramitar su pasaporte en el Registro Civil ha tenido dificultades c
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