3º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA/ORELLANA

Rol

Fecha

9 de enero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Que de los antecedentes que obran en la carpeta judicial, se desprende que el término probatorio se encuentra latamente vencido y, por consiguiente, amerita que la presente causa quede en estado de citar a las partes a oír sentencia, conforme lo dispuesto en el artículo 469 del Código de Procedimiento Civil. Por esta consideración y de acuerdo a lo dispuesto, además, en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, sin costas, la resolución apelada de diecisiete de octubre de dos mil diecinueve, dictada en carpeta virtual Rol C-1167-2018 del Tercer Juzgado de Letras de Talca, ordenándose al juez de primer grado que junto con el correspondiente decreto de cumplimiento, cite a la partes a oír sentencia. Devuélvase. N°Civil-1927-2019.

Texto Completo (Preview)

Talca, nueve de enero de dos mil veinte. Visto y teniendo únicamente presente: Que de los antecedentes que obran en la carpeta judicial, se desprende que el término probatorio se encuentra latamente vencido y, por consiguiente, amerita que la presente causa quede en estado de citar a las partes a oír sentencia, conforme lo dispuesto en el artículo 469 del Código de Procedimiento Civil. Por esta

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