VERONICA DEL PILAR ULLOA ALFARO CONTRA INVERSIONES Y TARJETA S.A. (TARJETAS HITES)
Rol
Fecha
8 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada. Y teniendo, además, presente: Que de los antecedentes fluye que no existen
Fundamentos
motivos legales que ameriten eximir de las costas de primera instancia a la parte querellada, razón por la cual se resolverá en consecuencia.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 35 de la Ley 18.287 y 148 del Código de Procedimiento Civil; se declara: I.- Que se revoca la sentencia definitiva apelada de tres de enero de dos mil diecinueve, rolante de fojas 120 a 123 vuelta, en la parte en que por su decisión II.- acogió sin costas la querella y, en su lugar, se decide que se imponen las costas de la causa a la parte querellada. II.- Que se confirma en lo demás la referida sentencia, complementada por la de dos de septiembre de dos mil diecinueve, corriente a fojas 156 de estos autos. III.- Que no se imponen las costas de los recursos de apelación, en razón de haberse alzado ambas partes. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro titular señor Cesar Panés Ramírez. N°Policia Local-145-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Luc Concepción, ocho de enero de dos mil veinte. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada. Y teniendo, además, presente: Que de los antecedentes fluye que no existen motivos legales que ameriten eximir de las costas de primera instancia a la parte querellada, razón por la cual se resolverá en consecuencia. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto
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