SIN INFORMACION

PINELA/DIRECCION DE PREVISION DE CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

8 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparece Claudia Villegas Sepúlveda, abogada, quien recurre de protección en favor de Juan José Pinela Carrasco, pensionado, en contra de la Jefatura Nacional de Sanidad de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por el Prefecto Inspector Jefe Nacional, Denny Williams Obreque, y en contra de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile -Dipreca-, representada por Juan Francisco Hernández Rivera, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en el término de los servicios de medicina que se estaban prestando al reclamante. Acusa que con dicho proceder se vulneran gravemente las garantías consagradas en los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el recurrente, de 30 años de edad, es actualmente funcionario en retiro por invalidez de tercera clase de la Policía de Investigaciones de Chile, dado que en el año 2013 sufrió un grave accidente en acto de servicio, que le dejó como secuela una tetraplejia espástica, intestino y vejiga neurogénicas, enfermedades que le impiden absolutamente llevar una vida normal y autovalente, requiriendo de por vida atención de profesionales de la salud, tanto médicos para sobrellevar su tratamiento de mantención de la vida, como de 4 técnicos en nivel superior de enfermería durante las 24 horas del día, para poder llevar a cabo sus necesidades básicas como baño, alimentación, vestirse, entre otras. Señala que el origen de la enfermedad fue calificado como acto de servicio, determinándose que correspondía la cobertura de salud a través de la previsión de la Jefatura Nacional de Sanidad (JENASA) de la Policía de Investigaciones de Chile. De esta forma, hasta el mes de octubre del año 2019, estaba siendo atendido en su domicilio en la comuna de Coihueco, Región de Ñuble, durante todo el día, todos los días de la semana, con 4 técnicos en nivel superior de enfermería, terapia kinesiológica y de fisiatría, atenciones médicas, insumos (silla de ruedas) y servic

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Juan José Pinela Carrasco. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del Ministro Guillermo de la Barra D. Protección N° 172.000-2019.

Texto Completo (Preview)

Santiago, ocho de enero de dos mil veinte. Vistos: Comparece Claudia Villegas Sepúlveda, abogada, quien recurre de protección en favor de Juan José Pinela Carrasco, pensionado, en contra de la Jefatura Nacional de Sanidad de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por el Prefecto Inspector Jefe Nacional, Denny Williams Obreque, y en contra de la Dirección de Previsión de Carabineros d

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