SIN INFORMACION

SEMERANT/BERRÍOS

Rol

Fecha

8 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 9 comparece Serge Semerant, comerciante, de nacionalidad haitiana, domiciliado en Avenida España Nº 62 de la comuna de Santiago, e interpone recurso de protección en contra de la Comunidad Centro Comercial Persa Estación, representada por su Administrador Julio Alberto Berríos Riquelme, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 3.410 de la comuna de Estación Central, por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido al suspender el suministro de luz eléctrica de dos locales comerciales de los que es arrendatario, lo que vulneraría los derechos que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en los N° 1, 3 inciso cuarto, 21 y 24 del artículo 19. Expone el recurrente que es arrendatario de dos locales comerciales ubicados en el Centro Comercial Persa Estación, en virtud de un contrato de arrendamiento que comenzó a regir el 28 de junio de 2019, el que incluye una cláusula de responsabilidad en virtud de la cual la parte arrendadora asume el pago de los gastos comunes. Añade que el Administrador ha suspendido el suministro de luz eléctrica y ha soldado las entradas de los locales, señalándole que su arrendadora no ha pagado los gastos comunes de los meses de julio y agosto de 2019 y argumentando que tiene facultades para ello. Continúa el recurrente indicando que el 10 de septiembre último y gracias a un denuncia ante el Ministerio Público por apropiación indebida, el Administrador recapacitó y accedió a desoldar la entrada de los locales, pero no solucionó el problema de la luz, la que fue repuesta el mismo día, pero luego que su abogada se retiró del recinto volvió a ser cortada. Alega que el artículo 5° de la Ley N° 19.537 establece que esta facultad el Administrador de suspender el servicio eléctrico debe ser ejercida con acuerdo del Comité de Administración y en este caso tal acuerdo no existe, sin perjuicio de no configurarse otros de los supuestos de hecho de la nor

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas constitucionales y legales citadas y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge el recurso deducido por Serge Semerant en lo principal de la presentación de fojas 9 y a fin de restablecer el imperio del Derecho, se ordena a la Administración de la Comunidad Centro Comercial Persa Estación reponer inmediatamente que sea notificado de la presente sentencia el suministro del servicio eléctrico a los locales comerciales P-20 y P-21. Comuníquese lo resuelto por la vía más expedita. Regístrese y archívese. Redacción del Ministro señor Balmaceda. No firma el Ministro señor Zepeda, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por ausencia. N° 82.630-2019.

Texto Completo (Preview)

Santiago, ocho de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 9 comparece Serge Semerant, comerciante, de nacionalidad haitiana, domiciliado en Avenida España Nº 62 de la comuna de Santiago, e interpone recurso de protección en contra de la Comunidad Centro Comercial Persa Estación, representada por su Administrador Julio Alberto Berríos Riquelme, ambos domiciliados

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