ALIMENTOS FRUNA LIMITADA CON INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE MAIPÚ
Rol
Fecha
8 de enero de 2020
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
DE FALLO
Hechos
VISTO: De la sentencia anulada se mantienen sus consideraciones y citas legales, previa eliminación de los
Fundamentos
motivos 6°, 7°, 8° y 10°. Y teniendo en su lugar y, además, presente, lo expuesto en los raciocinios 10° a 15° del
Fallo
fallo de nulidad que precede, a los que cabe remitirse para evitar repeticiones innecesarias, y visto además lo dispuesto en los artículo 7, 58, 505 del Código del Trabajo y demás normativa aplicable, se declara que: I.- Se rechaza la excepción de caducidad que dedujo la reclamada; II.- Se desestima íntegramente la reclamación de autos; III.- Cada parte pagará sus costas. Regístrese y comuníquese. Redactó la ministra Lilian Leyton Varela. N°Laboral - Cobranza-2128-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de enero de dos mil veinte. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. VISTO: De la sentencia anulada se mantienen sus consideraciones y citas legales, previa eliminación de los motivos 6°, 7°, 8° y 10°. Y teniendo en su lugar y, además, presente, lo expuesto en los raciocinios 10° a 15
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