2º JUZGADO DE LETRAS DE OVALLE

ACUÑA CRUZ, FRANCICOS JAVIER CON GOBERNACIÓN PROVINCIAL DEL LIMARI

Rol

Fecha

7 de enero de 2020

Materia

ART. 19 Nº 1 CPR. DERECHO A LA VIDA Y LA INTEGRIDAD

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que, comparece el abogado don José Luis Contreras Mundaca, en representación de la parte demandante don Francisco Javier Acuña Cruz, en causa RIT T-11-2018, caratulada “Acuña con Gobernación Provincial del Limarí”, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras de Ovalle, en procedimiento de tutela de derechos fundamentales, y deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 28 de junio de 2019, dictada por el Sr. Juez Suplente don Manuel Vergara Esparta que resolvió: “I.- Rechazar la acción principal de tutela laboral con ocasión del despido intentada por el denunciante, don Francisco Javier Acuña Cruz, en contra de la Gobernación Provincial de Limarí y Servicio de Gobierno del Interior del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representada por el Fisco de Chile, y sus consiguientes prestaciones laborales, en todas sus partes II.- Acoger la acción subsidiaria de declaración de existencia de relación laboral, y se declara que el demandante Francisco Javier Acuña Cruz mantuvo una relación de carácter laboral con la Gobernación provincial de Limarí entre el día 01 de marzo de 2016 hasta el día 11 de mayo de 2018; y por consiguiente se declara, que el despido ocurrido durante el día 11 de mayo de 2018, fue injustificado. A) Condena a la Gobernación Provincial del Limarí a pagar las siguientes prestaciones: a) Indemnización Sustitutiva del aviso previo; b) indemnización por dos años de servicio, más el recargo legal de un 50%, teniendo como base de cálculo, $820.000.- mensuales; c) Feriado legal por $574.000.- rechazándola en todo lo demás. Sin condenar en costas a los demandados por haber tenido motivo plausible para litigar y por no haber sido vencidos completamente.” Pide se acoja el recurso, procediendo a invalidar la sentencia recurrida y dicte sentencia de reemplazo, mediante la cual acoja la tutela rechazada manteniendo las condenas, todo ello con condenación en costas. Invoca la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Tra

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, refiere la recurrente que la sentencia recurrida ha incurrido en la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, que la sentencia definitiva se ha dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

se declara que el demandante Francisco Javier Acuña Cruz mantuvo una relación de carácter laboral con la Gobernación provincial de Limarí entre el día 01 de marzo de 2016 hasta el día 11 de mayo de 2018; y por consiguiente se declara, que el despido ocurrido durante el día 11 de mayo de 2018, fue injustificado. A) Condena a la Gobernación Provincial del Limarí a pagar las siguientes prestaciones: a) Indemnización Sustitutiva del aviso previo; b) indemnización por dos años de servicio, más el recargo legal de un 50%, teniendo como base de cálculo, $820.000.- mensuales; c) Feriado legal por $574.000.- rechazándola en todo lo demás. Sin condenar en costas a los demandados por haber tenido motivo plausible para litigar y por no haber sido vencidos completamente.” Pide se acoja el recurso, procediendo a invalidar la sentencia recurrida y dicte sentencia de reemplazo, mediante la cual acoja la tutela rechazada manteniendo las condenas, todo ello con condenación en costas. Invoca la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo y 478 letras b) del citado cuerpo legal. Declarado admisible el recurso, se llevó a efecto la audiencia fijada para su vista, con la asistencia de los apoderados de las partes. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, refiere la recurrente que la sentencia recurrida ha incurrido en la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, que la sentencia definitiva se ha dictado con infracción de ley que hubiere infl

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Acuña Cruz, Francisco Javier Gobernación Provincial del Limarí Tutela Laboral Rol N° 178-2019 (T-11-2018 del Segundo Juzgado de Letras de Ovalle). La Serena, siete de enero de dos mil veinte VISTOS: Que, comparece el abogado don José Luis Contreras Mundaca, en representación de la parte demandante don Francisco Javier Acuña Cruz, en causa RIT T-11-2018, caratulada “Acuña con Gobernación Provincia

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