JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA

CONCHA ALANIZ VIVIANA/FONDO SOLIDARIO E INVERSION SOCIAL

Rol

Fecha

7 de enero de 2020

Materia

PRESTACIONES

Resultado

RECHAZADA/ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Que el abogado Sebastián Parga Moraga, en representación del demandado “Fondo de Solidaridad e Inversión Social” (FOSIS) y el abogado Kenneth Romero Quiroz, en representación de la actora doña Viviana Melissa Concha Alaniz, en causa RUC 18-4-0140211-6, RIT O-679-2018 del Juzgado de Letras del Trabajo de la Serena, caratulado “Concha Viviana con Fondo de Solidaridad e Inversión Social”, en procedimiento ordinario, sobre declaración de existencia de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 18 de julio del 2019, dictada por el juez titular del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, don Rodrigo Díaz Figueroa, en virtud cual rechazó la excepción de incompetencia y de falta de legitimación activa y pasiva formulada por la demandada; y, en cambio, acogió la demanda, declarando la existencia de una relación laboral entre las partes y condena a pagar a la demandada diversas prestaciones laborales con reajustes e intereses, además, de las cotizaciones de seguridad social por el período comprendido entre el 6 de julio del 2015 y el 14 de agosto del 2018, rechazando la demanda en cuanto se pretendía la condena al pago de las remuneraciones hasta la convalidación del despido. El demandado funda su recurso en la causal contemplada, en primer término, en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haberse pronunciado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica; y, en subsidio, en el motivo abrogatorio previsto en el artículo 477 inciso 1°, segunda parte del citado texto legal, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Solicita la invalidación parcial del fallo y que se dicte la sentencia de remplazo que rechace la demanda en todas sus partes. Por su lado, el actor sustenta su

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandada (FOSIS) ha invocado como causal de invalidación, el motivo absoluto contemplado en el artículo 478 letra b) del código del ramo. Fundando el recurso sostiene que el juzgador a quo incurrió en graves faltas a la lógica, vulnerando las normas mínimas del pensamiento racional, lo cual deriva en un

Fallo

fallo y que se dicte la sentencia de remplazo que rechace la demanda en todas sus partes. Por su lado, el actor sustenta su recurso en la causal contemplada en el artículo 477 inciso 1°, segunda parte, del Estatuto Laboral, por haberse dictado la sentencia con infracción al artículo 162 incisos 5° al 7° del mismo texto legal, impetrando la invalidación del fallo y que dicte el de remplazo que declare que la sanción de la nulidad del despido es aplicable al demandado, por lo que debe ser condenado al pago de las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido y hasta su convalidación. Declarado admisible el recurso, se llevó a efecto la audiencia fijada para su vista, con la asistencia de los apoderados de los litigantes. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandada (FOSIS) ha invocado como causal de invalidación, el motivo absoluto contemplado en el artículo 478 letra b) del código del ramo. Fundando el recurso sostiene que el juzgador a quo incurrió en graves faltas a la lógica, vulnerando las normas mínimas del pensamiento racional, lo cual deriva en un fallo incoherente. Al respecto señala que en el considerando décimo el juez del grado refiere que las labores realizadas por la demandante, esto es, Agente de Desarrollo Local del Programa de Emprendimiento y Microfinanzas, no podría ser específico atendida su duración de más de tres años y, a continuación, repitiendo lo que indican los cuatro contratos a honorarios en sus disti

Texto Completo (Preview)

Concha Alaniz, Viviana Fondo Solidario e Inversión Social Prestaciones Rol N° 199-2019 (O-679-2018 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena). La Serena, siete de enero de dos mil diecinueve. VISTOS: Que el abogado Sebastián Parga Moraga, en representación del demandado “Fondo de Solidaridad e Inversión Social” (FOSIS) y el abogado Kenneth Romero Quiroz, en representación de la actora doña

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