FUENTEALBA/CORTÉS
Rol
Fecha
7 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece el abogado don Paul Chazal Garrido recurriendo de protección en favor de don Ismael Esteban Fuentealba Bastías, contador público y empresario, en contra de la Municipalidad de Coelemu, representada por su Alcalde, don Alejandro Rodrigo Pedreros Urrutia, médico veterinario y en contra de Lorenzo Javier Cortés Godoy, inspector municipal, todos domiciliados en la ciudad y comuna de Coelemu, calle Pedro León Gallo Nº 609. Refiere que su representado mantiene un establecimiento comercial de venta al por menor de combustibles, “Servicentro Las Tranquillas Ltda.”, desde el año 2010, el cual explota en virtud de un contrato de arrendamiento que mantiene con la Empresa Nacional de Energía ENEX S.A. Enseguida agregó que la mencionada estación de servicios funciona al amparo de la Patente Rol 200984, otorgada por la Municipalidad de Coelemu la que ya existía cuando se hizo cargo del negocio. Sin embargo, no le fue posible enterar el pago de los periodos semestrales posteriores al año 2014, pese a las diversas gestiones por él desarrolladas, concurriendo en múltiples oportunidades hasta el municipio a fin efectuar el trámite, recibiendo como respuesta de parte de la funcionaria que lo atendía que no era posible generar el documento o boletín correspondiente, debido, aparentemente, al extravío o no hallazgo de los antecedentes respectivos. Agrega que ante su insistencia, en marzo de 2018 el municipio recurrido le autorizó el pago de las patentes municipales correspondientes al primer y segundo semestre de 2015 y al primer semestre de 2016. Señala que, como la situación se mantuvo, llevó al afectado a ingresar al a través de la oficina de partes de la municipalidad de Coelemu, con fecha 28 de agosto de 2018, una solicitud dirigida al Alcalde y al Concejo Municipal, para que se emitieran los documentos de pago de la patente referida, adjuntando a su requerimiento copia de un boletín de Ingreso N° 509296, correspondiente al pago del segundo semestre de
Fundamentos
motivos que llevan a desestimar el arbitrio incoado.
Fallo
fallo del recurso de protección, se tenga por interpuesta acción o recurso de protección a favor de Ismael Esteban Fuentealba Bastías, en lo concerniente a su actividad comercial en el “Servicentro Las Tranquillas” de Coelemu, en contra de la Municipalidad de Coelemu, representada por su alcalde Alejandro Pedreros Urrutia y el inspector municipal Lorenzo Cortés Godoy, todos debidamente singularizados, someterlo a tramitación, ordenando informen y en definitiva, se le acoja resolviendo: - Que, la decisión de la Municipalidad de Coelemu de disponer la medida de clausura, del establecimiento Comercial del recurrente, denominado “Servicentro Las Tranquillas de Coelemu”, así como la materialización de la misma, son ilegales y/o arbitrarias; - Que, debe dejarse sin efecto de forma inmediata, la citada medida de clausura del establecimiento señalado; - Que, la Municipalidad de Coelemu, deberá adoptar todas las medidas destinadas a permitir el pago de la Patente Municipal Rol 200984, por parte del recurrente; - Que, los recurridos deberán abstenerse de ejecutar cualquier otro acto perturbatorio de los derechos garantidos por la constitución, enumerados; - Que, los recurridos queden condenados al pago de las costas del recurso, sin perjuicio de las demás medidas que se estimen pertinentes para restablecer el imperio del derecho, y la debida protección de las garantías constitucionales invocadas y amagadas por los recurridos. 2°.- Que, al informar por los recurridos, la abogada doña M
Texto Completo (Preview)
8 Chillán, siete de enero de dos mil veinte. Visto: 1°.- Que, comparece el abogado don Paul Chazal Garrido recurriendo de protección en favor de don Ismael Esteban Fuentealba Bastías, contador público y empresario, en contra de la Municipalidad de Coelemu, representada por su Alcalde, don Alejandro Rodrigo Pedreros Urrutia, médico veterinario y en contra de Lorenzo Javier Cortés Godoy, inspector
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