JUZGADO DE LETRAS DE CAÑETE

DENICE MYRIAM VERGARA SIERRA CON CAMARA DE DIPUTADOS

Rol

Fecha

7 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En este proceso RIT T-2-2019, RUC 1940161899-9, proveniente del Juzgado de Letras de Cañete, con fecha 23 de julio de 2019 se dictó sentencia definitiva por la juez titular Carolina Leiva Aguilera mediante la cual se decidió: I. Rechazar la denuncia de vulneración de derechos fundamentales deducida por Denice Myriam Vergara Sierra en contra de Cámara de Diputados de Chile; y II. Rechazar parcialmente la demanda de nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por dicha actora en contra de la misma Cámara de Diputados, salvo en lo que dice relación con el feriado proporcional por el tiempo trabajado entre el 21 de marzo de 2018 y 14 de enero de 2019, condenándose a la demandada por este concepto a pagar $ 163.333, con reajustes, debiendo cada parte pagar sus costas. En contra de la referida sentencia, la abogada Sandra Paola Salas Retamal, en representación de la denunciante y demandante subsidiaria, ha deducido recurso de nulidad, fundándolo en tres causales que ha hecho valer en forma subsidiaria, en el siguiente orden: primera causal invocada respecto de la denuncia de vulneración de derechos fundamentales, contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por estimar que la sentencia fue dictada con omisión del requisito del numeral 4 del artículo 459 del mismo cuerpo legal, relativo al análisis de toda la prueba rendida; segunda causal invocada respecto de la denuncia de vulneración de derechos fundamentales contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo por estimar que la sentencia se dictó con infracción de ley que influyó en su parte dispositiva, en relación al artículo 493 del mismo código; y tercera causal alegada respecto del despido injustificado demandado, contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, por estimar igualmente que la sentencia fue dictada con infracción de ley que ha influido en su parte dispositiva respecto del artículo 161 inciso tercero del mismo cuerpo legal. La re

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, primeramente, según se indicó en lo expositivo, la parte recurrente de nulidad ha fundado su impugnación en cuanto a la vulneración de derechos fundamentales, en la causal contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por estimar que la sentencia definitiva ha sido dictada con omisión del requisito establecido en el artículo 459 N° 4 del mismo cuerpo legal, en cuanto a que no se habría analizado en el

Fallo

fallo pide su invalidación y que se dicte sentencia de reemplazo; y en subsidio de todo lo anterior solicita conforme a la tercera causal que se invalide la sentencia por haberse incurrido en infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, dictándose una sentencia de reemplazo que condene a la demandada a las indemnizaciones y recargos que fueren procedentes. El aludido recurso de nulidad fue declarado admisible por resolución de esta Corte dictada el 02 de septiembre de 2019, ordenándose seguidamente su inclusión en tabla y procediéndose a su vista en la audiencia del 31 de diciembre de 2019, a la que asistieron las abogados representantes de las partes recurrente y recurrida señores Andrés Franchi Muñoz y Mauricio Moris Barrera respectivamente, quienes alegaron lo pertinente en defensa de los derechos de sus representados. CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, primeramente, según se indicó en lo expositivo, la parte recurrente de nulidad ha fundado su impugnación en cuanto a la vulneración de derechos fundamentales, en la causal contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por estimar que la sentencia definitiva ha sido dictada con omisión del requisito establecido en el artículo 459 N° 4 del mismo cuerpo legal, en cuanto a que no se habría analizado en el fallo toda la prueba rendida en la audiencia de juicio, para cuyo efecto la denunciante y demandante se limitó a reproducir algunas declaraciones, refiriendo algunas omisiones de

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Luc Concepción, siete de enero de dos mil veinte. VISTOS: En este proceso RIT T-2-2019, RUC 1940161899-9, proveniente del Juzgado de Letras de Cañete, con fecha 23 de julio de 2019 se dictó sentencia definitiva por la juez titular Carolina Leiva Aguilera mediante la cual se decidió: I. Rechazar la denuncia de vulneración de derechos fundamentales deducida por Denice Myriam Verg

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