ESTRADA//FISCO DE CHILE
Rol
Fecha
7 de enero de 2020
Materia
RECARGOS
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Visto: Se reproduce de la sentencia anulada de 27 de julio de 2019, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo, su parte expositiva, sus
Fundamentos
fundamentos y citas legales; De la sentencia de nulidad se reproduce sus motivos 24ª al 26°. Y teniendo, además, presente: Que, a propósito de la declaración de la existencia de la relación laboral emana para el empleador la obligación de enterar las cotizaciones de salud, la que sin perjuicio, se constata que fueron pagadas por el mismo actor, por lo que otorgarlo en dos oportunidades implicaría un gasto innecesario al demandado y carente de causa; y que la base de cálculo para el pago de aquellas cotizaciones debe observar el límite remuneracional que dispone el artículo 172 del Código del Trabajo, y atendidas las normas citadas, consideraciones y razonamientos expuesto en el
Fallo
fallo de invalidación, que se tienen por reproducidos y visto además lo dispuesto por los artículo 58 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se condena al demandado al pago de las cotizaciones previsionales en AFP Cuprum y AFC, por toda la relación laboral, esto es, desde el 24 de abril de 2000 al 4 de agosto de 2018, en base a una remuneración ascendiente a $2.483.370, que es la que se obtiene de la limitación contenida en el artículo 172 del Código del Trabajo, en relación con el Decreto Ley 3.500. Regístrese y comuníquese. Redacción del Ministro Miguel Eduardo Vázquez Plaza Rol Ingreso Corte N°2239-2019. Laboral. Pronunciada por la Duodécima Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Miguel Vázquez Plaza e integrada por la Ministra señora Lilian Leyton Varela y por el Abogado Integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes. No firma el abogado integrante señor Rieloff, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y del acuerdo, por ausencia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, siete de enero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de enero de dos mil veinte. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 482 del Código del Trabajo se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo. Visto: Se reproduce de la sentencia anulada de 27 de julio de 2019, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo, su parte expositiva, sus fundamentos y citas legales; De la sentencia de nulidad se
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