DA VENEZIA/SUBSECRETARIA DE PESCA DEL MINISTRIO DE ECONOMIA FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rol
Fecha
6 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando estos sentenciadores que los hechos que se describen en el recurso en análisis dicen relación con la implementación de una exigencia contenida en la Ley, de manera que la prórroga solicitada excede a la tutela de urgencia propia de esta acción cautelar y, no advirtiéndose garantías constitucionales conculcadas con el actuar de la recurrida y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Al primer otrosí: Por acompañados. Al segundo y tercer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto a lo principal. Al cuarto otrosí: Téngase presente y por acompañado. Al quinto otrosí: Téngase presente el patrocinio N°Protección-173-2020.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Al primer otrosí: Por acompañados. Al segundo y tercer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto a lo principal. Al cuarto otrosí: Téngase presente y por acompañado. Al quinto otrosí: Téngase presente el patrocinio N°Protección-173-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de enero de dos mil veinte. Proveyendo a folio 1 “ingreso recurso”: A lo principal: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando estos sentenciadores que los hechos que se describen en el recurso en análisis dicen relación con la implementación de una exigencia contenida en la Ley, de manera que la prórroga solicitada excede a la tutela de urgencia p
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