MINISTERIO PUBLICO C/ JANSEN ENRIQUE BOILESVE JARA
Rol
Fecha
6 de enero de 2020
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y en virtud de sus propios fundamentos, se confirma la resolución apelada de trece de diciembre de dos mil diecinueve. Acordado con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Erick Espinoza Cerda, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, por estimar que una vez realizada la detención, y en el evento que efectivamente las lesiones sean producto de la acción de terceros, no deviene en ilegal la detención, por cuanto es constitutiva de un delito que debe ser investigado por el Ministerio Público, pero en nada obsta a la flagrancia del mismo. Comuníquese por la vía más expedita. RIT: O-3714-2019. RUC: 1901346339-8. N° Penal- 2650-2019.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, seis de enero de dos mil veinte, se da inicio a esta audiencia a las 09:48 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, siendo presidida por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo e integrada por el Ministro Suplente Sr. Erick Espinoza Cerda y Abogado Integrante Sr. Raúl Núñez Ojeda, actuando como ministro de fe el Relatora
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