DONOSO/PRE UNIC S.A.
Rol
Fecha
3 de enero de 2020
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Que la abogada Maureen Locke Castillo, por la demandada, recurre de nulidad contra la sentencia de fecha 11 de junio de 2019 dictada en causa de procedimiento de aplicación general caratulada “Donoso con Pre Unic S.A.”, RIT N° O-5681-2018, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, que acogió la demanda por despido injustificado y ordenó a la demandada pagar a la demandante las sumas que señala por los conceptos que indica, con los reajustes e intereses que disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, sin costas. La parte demandada funda su recurso en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, el haber sido la sentencia pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. El recurrente pide que se invalide la sentencia recurrida y que en su lugar se dicte otra que rechace la demanda en todas sus partes, con expresa condenación en costas. Declarado admisible el recurso, tuvo lugar la vista de la causa, ocasión en que concurrieron y alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: El recurrente señala que el tribunal utiliza algo similar a un razonamiento lógico, al menos en cuanto a su estructura, pero para llegar a las conclusiones finales de la sentencia se ve en la necesidad de pasar por alto prácticamente todas las reglas de la lógica, y en consecuencia, de la sana crítica, y sin estas infracciones directas a estas normas, el
Fallo
fallo debió ser de otro tenor. Lo anterior en particular respecto al video de seguridad exhibido por la demandante. Sostiene que el gran hecho asentado es el que trabajador es sorprendido con productos al retirarse. Indica que la sentencia señala en su considerando undécimo: “…y en cuanto a ser sorprendido con productos de la empresa entre sus pertenencias, si bien aquello resulta efectivo, ha de tenerse en consideración el contexto en que se produce”. Nos referiremos a esta frase final en otro momento; pero por ahora, resulta claro que la jueza si da por sentado determinado hecho objetivo: que el trabajador es sorprendido con los productos de la empresa en el control. Al respecto, es necesario también tener un relato más amplio en el considerando décimo sobre este segundo video, “se observa que el trabajador voluntariamente se somete a una revisión, que parece de rutina, y luego que es revisado con paleta detectora saca de su bolsillo algún objeto, que efectivamente parecen ser dos pastas de dientes, luego saca otra e intenta dejarla en una caja…”. Están, entonces, acreditados determinadas circunstancias de la carta. La sentencia no desconoce en ningún momento que este sea el trabajador, solo estableciendo esta alusión respecto del primer video aportado por su parte. El considerando undécimo realiza el siguiente análisis: “Contrariamente a lo que afirma el empleador no resulta irrelevante que el guardia hiciera o no revisiones regulares en cada salida del trabajador (…) t
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C.A. de Santiago Santiago, tres de enero de dos mil veinte. Vistos: Que la abogada Maureen Locke Castillo, por la demandada, recurre de nulidad contra la sentencia de fecha 11 de junio de 2019 dictada en causa de procedimiento de aplicación general caratulada “Donoso con Pre Unic S.A.”, RIT N° O-5681-2018, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por despido injustificado y cobro de
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