FELIPE JOSE URRUTIA FERRADA C/ RUBEN EDGARDO URRUTIA NOME
Rol
Fecha
2 de enero de 2020
Materia
CALUMNIA (ACCION PRIVADA). ART. 412 AL 415.
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACION
Hechos
Visto: Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de la frase que comienza con la alocución “efectivamente” y hasta el monto “$3.000.000”, contenida en el numeral II.- de su parte resolutiva, que se elimina. Y atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de 15 de noviembre de 2019, inserta en la carpeta virtual Rit N° O-4471-2018 del Juzgado de Garantía de Linares, con declaración que se regulan las costas personales que debe pagar la parte querellante, en la suma de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos). Resolviendo reposición de folio 17: Estese al mérito de lo resuelto. Devuélvase. N°Penal-1224-2019.
Texto Completo (Preview)
Talca, dos de enero de dos mil veinte. Visto: Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de la frase que comienza con la alocución “efectivamente” y hasta el monto “$3.000.000”, contenida en el numeral II.- de su parte resolutiva, que se elimina. Y atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia, y de acuerdo a lo dispuesto en el artícul
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