MP C/ MAIKOL ALFONSO VILLARROEL ALVAREZ
Rol
Fecha
2 de enero de 2020
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y Oídos: Que la circunstancia, no cuestionada por el Ministerio Público, en cuanto que se ha fijado para el 14 de enero próximo una Audiencia en Procedimiento Abreviado donde la Pena solicitada es de 541 días de presidio menor en su grado medio, constituye un antecedente nuevo que unido al informe psiquiátrico esgrimido por la defensa y que se da cuenta de la resolución recurrida, permiten concluir que, en este estado procesal la medida cautelar y proporcional es precisamente el arresto domiciliario total que ha sido decretado el tribunal. Por lo razonado y lo dispuesto en los artículo 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de diciembre pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que sustituyo la medida cautelar de prisión preventiva por la de arresto domiciliario total. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia en que se ha dictado. Sin perjuicio de ello, se ordena notificar por el estado diario. Devuélvanse los antecedentes, junto con esta resolución para su cumplimiento. N°Penal-1-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción. ari Concepción, dos de enero de dos mil veinte. Visto y Oídos: Que la circunstancia, no cuestionada por el Ministerio Público, en cuanto que se ha fijado para el 14 de enero próximo una Audiencia en Procedimiento Abreviado donde la Pena solicitada es de 541 días de presidio menor en su grado medio, constituye un antecedente nuevo que unido al informe psiquiátrico esgrimido por
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