SIN INFORMACION

EMPRESA ELÉCTRICA PUENTE ALTO S.A. CONTRA CARLOS AMRCIAL TAGLE DOREN

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: A lo principal: Que del tenor del recurso deducido por don Raúl Jelvez Garcés en representación de la Empresa Eléctrica Puente Alto S.A., se desprende que la omisión denunciada por esta vía no constituye una vulneración de garantías constitucionales en los términos del artículo 20 de la Constitución Política de la República, la que además ha sido cautelada a través de otros mecanismos procesales dispuestos por la ley, y visto además lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto Al segundo y tercer otrosí: A sus antecedentes. Al cuarto y quinto otrosí: Téngase presente. Protección N° 15.796- 2019.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto Al segundo y tercer otrosí: A sus antecedentes. Al cuarto y quinto otrosí: Téngase presente. Protección N° 15.796- 2019.

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CH- Mjc En Santiago, a treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos: A lo principal: Que del tenor del recurso deducido por don Raúl Jelvez Garcés en representación de la Empresa Eléctrica Puente Alto S.A., se desprende que la omisión denunciada por esta vía no constituye una vulneración de garantías constitucionales en los términos del artículo 20 de la Constitución Política de la Rep

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