SIN INFORMACION

MANRÍQUEZ SALLES/PIÑERA ECHEÑIQUE Y OTROS

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Jaime Camilo Manríquez Sallés recurre de protección en contra de la Dirección General de Carabineros de Chile y en contra del Presidente de la República, por el acto ilegal y arbitrario contenido en el Decreto TRA N°208/20/2019 de Interior que dispone su retiro temporal del servicio de Carabineros de Chile, lo que vulnera las garantías previstas en los numerales 1°, 2°. 3° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el día 14 de noviembre de 2018 el Gope Araucanía fue requerido para hacerse cargo de un procedimiento de captura y recuperación de tres vehículos supuestamente robados con intimidación a unas profesoras de educación básica del sector, para lo cual ingresaron a la comunidad de Temucuicui y, los hechos que se derivaron concluyeron con la muerte de Camilo Catrillanca Marín. Señala que se encontraba a más de 80 kilómetros del lugar de los hechos, pero se le ordenó concurrir a resguardar el sitio del suceso, lo que no pudo hacer por cuanto el barro del lugar impedía el acceso a los vehículos blindados. En el camino fueron emboscados con armas de fuego, y debido a la superioridad numérica de los atacantes, dispuso el retiro. Indica que documentó mediante video y fotografía todo el daño sufrido por la camioneta en que se desplazaban y que al llegar al cuartel los subió a un grupo de WhatsApp de oficiales activos y que no las compartió con más personas. Refiere que por haber compartido aquellas fotografías fue suspendido y se le abrió un sumario en su contra, sin que haya tenido acceso a la información que maneja el fiscal instructor de la causa. Solicita se acoja el recurso y se “revoque” el decreto impugnado, se le reintegre al servicio activo, se le pague la remuneración y se le mantenga el sistema de salud y previsional de Carabineros de Chile. Segundo: Que, informando Carabineros de Chile, solicita el rechazo del recurso. En primer lugar, argumenta la falta de legitimación pasi

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del recurso de protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el deducido por Jaime Camilo Manríquez Sallés en contra de la Dirección General de Carabineros de Chile y del Presidente de la República. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del abogado integrante señor José Luis López Reitze. No firma la Ministra señora Barrientos, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por ausencia. Protección N°46.912-2019

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Jaime Camilo Manríquez Sallés recurre de protección en contra de la Dirección General de Carabineros de Chile y en contra del Presidente de la República, por el acto ilegal y arbitrario contenido en el Decreto TRA N°208/20/2019 de Interior que dispone su retiro temporal del servicio de Carabineros

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