1ER JUZGADO POLICIA LOCAL DE LOS ANGELES (LETRADO)

AUDIPRO LTDA. CONTRA MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES. REP. LEGAL SR. ESTEBAN KRAUSE S.

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ANULA DE OFICIO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TIENEIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en estos autos ingreso Corte, Policía Local rol n°26-2019, provenientes del Primer Juzgado de Policía Local de Los Ángeles (rol131.665-2015), se alza en contra del fallo de primer grado la parte denunciante, apelando del mismo, solicitando su revocación, declarándose en su lugar que se acoge, en todas sus partes la denuncia formulada, condenando a la denunciada, la I. Municipalidad de Los Ángeles, a la suma y por los conceptos que indica, conforme a la normativa legal que invoca, con costas. SEGUNDO: Que, como consta de fojas 15 de autos, el Secretario Titular del Tribunal a quo, Juan Pablo Medina Billard, manifestó afectarle la causal de implicancia contemplada en el artículo 195, números 1 ó 5, del Código Orgánico de Tribunales, atendido que del mandato judicial acompañado a fojas 12, aparece que el Alcalde de la I. Municipalidad de Los Ángeles, Esteban Eduardo Krause Salazar, con fecha 29 de septiembre de dos mil quince, otorgó mandato judicial y patrocinio para representar al Municipio Angelino a los abogados que allí se indica, entre los cuales se encuentra el letrado Juan Pablo Medina Billard. Esta constancia la dejó el Secretario del Juzgado en el acta en que consta la audiencia de rigor a que se llamó a las partes, que es de fecha 30 de septiembre de 2015. No consta en autos resolución del Tribunal que haya tenido por inhabilitado al señor Secretario Titular, en atención a la constancia dejada por éste. No obstante lo ya dicho, el Secretario Titular ha continuado actuando en la acusa como Ministro de Fe, incluso en tal calidad autoriza la sentencia apelada, pese al claro tenor de lo que dispone el artículo 487 del Código Orgánico de Tribunales, que hace aplicable a los Ministros de Fe que indica, entre los cuales se cuentan los Secretarios de los tribunales, las inhabilidades que se contienen en el artículo 195 del referido Código, por lo que les prohíbe continuar actuando en la causa en su calidad de tales, en e

Fallo

fallo de primer grado la parte denunciante, apelando del mismo, solicitando su revocación, declarándose en su lugar que se acoge, en todas sus partes la denuncia formulada, condenando a la denunciada, la I. Municipalidad de Los Ángeles, a la suma y por los conceptos que indica, conforme a la normativa legal que invoca, con costas. SEGUNDO: Que, como consta de fojas 15 de autos, el Secretario Titular del Tribunal a quo, Juan Pablo Medina Billard, manifestó afectarle la causal de implicancia contemplada en el artículo 195, números 1 ó 5, del Código Orgánico de Tribunales, atendido que del mandato judicial acompañado a fojas 12, aparece que el Alcalde de la I. Municipalidad de Los Ángeles, Esteban Eduardo Krause Salazar, con fecha 29 de septiembre de dos mil quince, otorgó mandato judicial y patrocinio para representar al Municipio Angelino a los abogados que allí se indica, entre los cuales se encuentra el letrado Juan Pablo Medina Billard. Esta constancia la dejó el Secretario del Juzgado en el acta en que consta la audiencia de rigor a que se llamó a las partes, que es de fecha 30 de septiembre de 2015. No consta en autos resolución del Tribunal que haya tenido por inhabilitado al señor Secretario Titular, en atención a la constancia dejada por éste. No obstante lo ya dicho, el Secretario Titular ha continuado actuando en la acusa como Ministro de Fe, incluso en tal calidad autoriza la sentencia apelada, pese al claro tenor de lo que dispone el artículo 487 del Código Orgá

Texto Completo (Preview)

Concepción, treinta de diciembre de dos mil diecinueve. VISTO Y TIENEIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en estos autos ingreso Corte, Policía Local rol n°26-2019, provenientes del Primer Juzgado de Policía Local de Los Ángeles (rol131.665-2015), se alza en contra del fallo de primer grado la parte denunciante, apelando del mismo, solicitando su revocación, declarándose en su lugar que se acoge, en tod

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica