SUB DIRECCION GENERAL DE INSPECCION I. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO - IC. POWER CHILE INVERSIONES LTDA.
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada de fecha siete de noviembre de dos mil dieciocho, escrita a fojas 25, con excepción de sus numerales 4, 5 y 6 que se eliminan. Y teniendo, únicamente, presente: Que del documento acompañado a fojas 5, consistente en certificado de la Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, de fecha 30 de mayo de 2018, que acredita que el contribuyente IC POWER Chile Inversiones Ltda. RUT 76175341-k, presenta domicilio en calle Cerro el Plomo N°5630, comuna de Las Condes, de esta ciudad, desde el día 2 de julio de 2013, lo que permite concluir que la denuncia formulada a fojas 2, de fecha 26 de abril de 2018, de la Dirección General de Inspección de la Ilustre Municipalidad de Santiago, carece de
Fundamentos
fundamentos al señalar que el aludido contribuyente ejerce su actividad sin autorización de la corporación edilicia, en el domicilio de calle Miraflores 222 piso 28, de la Comuna de Santiago; circunstancia esta última que no resulta ser efectiva en atención al certificado de domicilio expedido por el Servicio de Impuestos Internos, razonamiento suficiente que permite revocar la decisión apelada, como se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en la Ley 18.287, 15231 y Decreto Ley 3063 de 1979, se revoca la sentencia ya individualizada y en su lugar se resuelve que se absuelve al contribuyente de la denuncia de fojas 2. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-3242-2018. Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega, Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y por el abogado integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó, por el recurso, el abogado don Jean Laulie Alfessi. Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve. Jaime Manríquez Oyaneder Relator(S) C.A. de Santiago Santiago, a veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve. Proveyendo a fojas 46, téngase presente. A fojas 48, téngase presente, al otrosí, a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce
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