3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./PICHÚN

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2019

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1° Que la empresa Forum Servicios Financieros S.A., presentó demanda ejecutiva en contra de Javier Alejandro Pichún Tranamil, invocando como título ejecutivo un pagaré suscrito por el demandado, y solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma total de $ $8.562.063; más reajustes, intereses y costas. 2° Que, sin embargo, el tribunal ordenó despachar el mandamiento por la suma de $7.204.345; más intereses y costas. 3° Que, la parte ejecutante interpuso recurso de reposición con apelación subsidiaria respecto de dicha resolución, solicitando sea revocada en lo apelado y se ordene despachar mandamiento por la suma solicitada en el petitorio de la demanda, esto es, $8.562.063; más intereses y costas. 4° Que, el 28 de octubre de 2019, el tribunal no hizo lugar a la reposición y concedió la apelación subsidiaria. 5° Que, el único examen que el tribunal está autorizado a realizar, en esta etapa procesal, es aquel previsto en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y, en general, aquel otro regulado en el artículo 256 del mismo cuerpo legal, respecto de toda demanda. En consecuencia, ninguna facultad tenía la juez a quo para actuar de oficio de la forma como lo hizo y despachar el mandamiento por un monto diverso a aquél expresado en la demanda, modificando sin más la pretensión ejercida por el actor. 6° Que, una actuación de esa índole altera el principio dispositivo que debe regir en los procesos contenciosos civiles y de paso interfiere en la posición de tercero imparcial que debe tener el juez de la causa. Por lo razonado, mérito de los antecedentes y disposiciones legales citadas, SE REVOCA, en su parte apelada, la resolución de dieciséis de octubre de dos mil diecinueve, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción y, en su lugar, se decide: A lo principal, por interpuesta la demanda, despáchese mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $8.562.063; más intereses y costas

Fallo

se decide: A lo principal, por interpuesta la demanda, despáchese mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $8.562.063; más intereses y costas; debiendo continuarse la tramitación del procedimiento. Enmiéndese la cuantía. Acordada contra el voto de la Ministra Sra. Salvo, quien fue de opinión de confirmar la resolución apelada en virtud de sus propios fundamentos, teniendo además presente que ella concreta la cantidad cierta e indubitada adeudada por la ejecutada y que corresponde a las cuotas impagas, según los documentos en cobranza más intereses y costas, sin que corresponda al ejecutante efectuar una liquidación unilateral de la deuda con prescindencia de la voluntad del deudor, y que es el procedimiento validado en la decisión de mayoría. La liquidación de la deuda debe ser efectuada por el secretario del tribunal, pudiendo objetarla las partes, pero no por el ejecutante anticipadamente en su demanda, ya que este criterio vulnera en beneficio del Banco, la igualdad de armas con que deben litigar ambas partes. Regístrese y devuélvase. Redactó el ministro suplente señor Roberto Parra Alvear. Rol 2472-2019. Civil.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción dpi Concepción, veintisiete de diciembre dos mil diecinueve. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1° Que la empresa Forum Servicios Financieros S.A., presentó demanda ejecutiva en contra de Javier Alejandro Pichún Tranamil, invocando como título ejecutivo un pagaré suscrito por el demandado, y solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma total de $ $8

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