TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN ANTONIO

MINISTERIO PUBLICO C/ JAIME EDUARDO REYES MORALES

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2019

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y oídos: 1°.- Que la Defensoría Penal Pública, en representación del sentenciado Jaime Eduardo Reyes Morales, deduce recurso de nulidad por la causal del artículo 373 letra b), del Código Procesal Penal, en contra de la sentencia del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, librada el 18 de noviembre último y solicita la nulidad de ésta y la dictación de la sentencia de reemplazo en la que se absuelva a su representado de la acusación. 2°.- Estima infringidos en lo que interesa, los artículo 85 del Código Procesal Penal y 12 de la Ley 20.931 y afirma que el error de derecho invocado, se produce al estimar los sentenciadores como razonable, el traslado de su representado a la Comisaría y su permanencia allí por un plazo mayor al expresamente regulado en la última de las normas invocadas. 3°.- Del recurso y de su defensa oral, se desprende que lo que se impugna dice relación con normas de carácter procesal que regulan el control de identidad y su duración en el tiempo, situación que se produjo y debió ser resuelta en la etapa de investigación, esto es, con anterioridad al juicio oral en el que se dictó la sentencia impugnada. 4°.- Que dada la naturaleza del recurso de nulidad y atendida la causal que se invoca, las normas en cuya aplicación se estima que el tribunal ha efectuado una errónea aplicación del derecho con influencia sustancial en lo dispositivo de la sentencia, requieren necesariamente tener el carácter de decisoria litis, del que carecen las invocadas, lo que es suficiente para el rechazo del recurso. Y visto además lo dispuesto en los artículos 358, 373 en su letra b) y 384 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de nulidad deducido a favor del sentenciado Reyes Morales, no siendo nula, la sentencia de 18 de noviembre último, dictada por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de San Antonio. Regístrese y comuníquese. Rol 2467-2019.- Redacción del Ministro Sr. Martínez. No firma el Ministro señor Martínez, n

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S.f.g. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve.- Visto y oídos: 1°.- Que la Defensoría Penal Pública, en representación del sentenciado Jaime Eduardo Reyes Morales, deduce recurso de nulidad por la causal del artículo 373 letra b), del Código Procesal Penal, en contra de la sentencia del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, librada el 18 de no

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