SIN INFORMACION

SALDAÑA MENDOZA DE MOORE BETSABE MARILU / MINISTERIO DEL INTERIOR, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION - POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE.-

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don José Solís Figueroa, abogado, domiciliado en Florida Este N° 49, comuna de Rocas de Santo Domingo, Región de Valparaíso, quien interpone recurso de amparo en favor de doña Betsabé Marilú Saldaña Mendoza de Moore, RUN N° 25.576.041-6, de nacionalidad peruana, y en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional, con el objeto que se conceda la libertad a la amparada antes individualizada, con el propósito que pueda continuar con los trámites de residencia. Para fundar su recurso expone que la amparada, de nacionalidad peruana, se desempeña como asesora del hogar en casa de una persona de nombre José Solís Manzano, desde el año 2016 a la fecha, iniciando los trámites para obtener residencia ante el Ministerio del Interior, lo que fue rechazado, encontrándose pendiente un recurso de reconsideración presentado con fecha 27 de octubre último ante el mismo ministerio. Añade que el día 12 de diciembre del presente año, personal de la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional concurrió hasta el inmueble donde desempeña sus labores, siendo detenida y trasladada hasta el cuartel policial ubicado en calle San Francisco N° 253, donde hasta la fecha sigue privada de libertad. SEGUNDO: Que, con fecha 10 de diciembre último, informa don Luis Valenzuela Ibáñez, abogado, en representación de don Álvaro Bellolio Avaria, Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, quien pide el rechazo del recurso en todas sus partes. Refiere como consideración previa que en cuanto a la privación de libertad de la amparada, le corresponde a Policía de Investigaciones evacuar el informe respectivo. Sobre los hechos, explica que mediante solicitud de 2 de enero de 2018, la amparada solicitó un permiso de permanencia definitiva en nuestro país, lo que fue rechazado por Resolución Exenta

Fundamentos

motivos bastantes para descartar que estemos en presencia de un acto sustentado en la simple arbitrariedad o ilegalidad, razones por las cuales el presente recurso será desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Betsabé Marilú Saldaña Mendoza de Moore. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2918-2019. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por el Ministro señor Miguel Váquez Plaza, la Ministra (S) señora Veronica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don José Solís Figueroa, abogado, domiciliado en Florida Este N° 49, comuna de Rocas de Santo Domingo, Región de Valparaíso, quien interpone recurso de amparo en favor de doña Betsabé Marilú Saldaña Mendoza de Moore, RUN N° 25.576.041-6, de nacionalidad peruana, y en contr

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