SIN INFORMACION

WOLFENSON/UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE

Rol

Fecha

24 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que los hechos que consigna el recurso de protección respecto de la recurrida Universidad de Santiago de Chile, recae sobre aspectos que no son susceptibles de ser revisados por esta vía, por cuanto el afectado se ve provisto de mecanismos administrativos como jurisdiccionales para hacer valer la pretensión cuyo objetivo se persigue, por lo que el arbitrio intentado no es idóneo para ello; 2°) Que, en lo referido a la acción deducida contra Facebook Inc., aparece de los antecedentes que no es sujeto pasivo de la acción intentada, por cuanto el recurso apunta a una publicación efectuada en redes sociales por una tercera persona respecto de la cual no se endereza la presente acción, lo que impide que el recurso prospere en su tramitación. Por estas razones, y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de protección deducido en contra de Universidad de Santiago de Chile y Facebook Inc. Archívese. N°Protección-186371-2019./gvs/ Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Guillermo De La Barra Dunner e integrada por la ministro(s) señora Lidia Poza Matus y el abogado integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. En Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas razones, y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de protección deducido en contra de Universidad de Santiago de Chile y Facebook Inc. Archívese. N°Protección-186371-2019./gvs/ Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Guillermo De La Barra Dunner e integrada por la ministro(s) señora Lidia Poza Matus y el abogado integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. En Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: 1°) Que los hechos que consigna el recurso de protección respecto de la recurrida Universidad de Santiago de Chile, recae sobre aspectos que no son susceptibles de ser revisados por esta vía, por cuanto el afectado se ve provisto de mecanismos administrativos como jurisdiccionales para hacer val

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica