MINISTERIO PUBLICO C/ TERESA JEANNETH ESPINOZA VASQUEZ
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2019
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se REVOCA la resolución apelada de doce de diciembre de dos mil diecinueve y, en consecuencia, se declara ajustada a derecho la detención de la imputada. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Luis Felipe Galdames Bühler, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1165 – 2019 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 24 de diciembre de 2019. David Silva Estrada Relator Suplente En Valdivia, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ana María León Espejo, Secretaría Titular.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y se declare la legalidad de la detención. A continuación alega la defensa solicitando se confirme la resolución apelada, en virtud de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia. Los abogados no hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala, da por terminada la intervención. El Tribunal resuelve: Visto: Atendido el mérito de antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se REVOCA la resolución apelada de doce de diciembre de dos mil diecinueve y, en consecuencia,
Fallo
se declara ajustada a derecho la detención de la imputada. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Luis Felipe Galdames Bühler, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1165 – 2019 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 24 de diciembre de 2019. David Silva Estrada Relator Suplente En Valdivia, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ana María León Espejo, Secretaría Titular.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA VEINTICUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, PARA LA VISTA- POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 1901342440-6, RIT 6870–2019. ROL CORTE 1165 – 2019 PEN. Siendo las 9:58 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de los Ministros
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