TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A./JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Rol
Fecha
20 de febrero de 2020
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto el cinco de diciembre de dos mil diecinueve, en contra de la sentencia definitiva de veinticinco de octubre del mismo año, notificada al demandante, el veintiocho de octubre del año en curso, de acuerdo al estampado receptoríal folio 23. 2) Que conforme la regla general establecida en el inciso segundo del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación contra sentencia definitiva, debe ser interpuesto dentro de décimo día de notificada. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible la apelación interpuesta por el demandante Tanner Servicios Financieros S.A., el cinco de diciembre de dos mil diecinueve –folio 25–, contra la sentencia definitiva. Devuélvase. N°Civil-16061-2019.
Fallo
se declara inadmisible la apelación interpuesta por el demandante Tanner Servicios Financieros S.A., el cinco de diciembre de dos mil diecinueve –folio 25–, contra la sentencia definitiva. Devuélvase. N°Civil-16061-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago muz Santiago, veinte de febrero de dos mil veinte. Rija la minuta remisora de diez de diciembre pasado –folio 30–. Vistos 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto el cinco de diciembre de dos mil diecinueve, en contra de la sentencia definitiva de veinticinco de octubre del mismo año, notificada al demandante, el veintiocho de octubre del año
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