SIN INFORMACION

PIFFAUT/RED DE TELEVISION CHILEVISION S.A.

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Francisco Piffaut Passicot, abogado, interponiendo acción constitucional de protección contra Red de TELEVISIÓN ChilevisiÓn S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en emitir un reportaje en su matinal, en el que denunciaron supuestas estafas del recurrente por 500 millones de pesos, reportaje que además sigue disponible en el sitio web de la recurrida. En relato de los hechos indica que con fecha 25 de julio del presente año, en el matinal “Contigo en la mañana” se emitió un reportaje de unos 15 minutos en el cual se le sindica como estafador. Señala que se alude en el reportaje al proyecto Opalo, el que constituyó una venta de manifestaciones mineras a la empresa Mercury ASG representada por un empresario ruso, venta que se firmó en el Consulado Chileno en Rusia, legalizada en Chile a favor de su titular por la suma de 29.000.000 USD, socio del recurrente. Tal hecho ocurrió en febrero del 2017. Tal entidad está regulada por la FINRA y la SEC de USA. Indica que el recurrente adquirió derechos en una participacion del 33,33% del precio que se obtuviera en el pago en NYC. Indica que el reportaje fue un montaje que se utilizó para extorsionar a uno de los socios del recurrente. La recurrente tiene su propio yacimiento minero, con autorización para explotarlo, en que no participa ninguno de los denunciantes del reportaje de CHV. Se refiere a la situación de cada uno de los denunciantes señalando que las acusaciones son falsas y que constituyen una grave injuria y calumnia. Señala que “los hechos descritos en esta denuncia dan cuenta de una acción ejecutada consistente en editar maliciosamente una noticia con la intención de deshonrar, desacreditar y menospreciar la honra del abogado”. Señala que ello ha trasgredido sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 número 1, esto es, la integridad psíquica; número 4, al afectar directamente la dignidad del recurrente; número 3 inciso quinto, al s

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido por don Francisco Piffaut Passicot, en contra Red de TELEVISÓN ChilevisiÓn S.A., sin costas por estimar que hubo motivo plausible para litigar. Redacción del Abogado Integrante señor Lepin Molina. Regístrese, comuníquese y archívese. N° 64.555-2019.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve. Visto y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Francisco Piffaut Passicot, abogado, interponiendo acción constitucional de protección contra Red de TELEVISIÓN ChilevisiÓn S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en emitir un reportaje en su matinal, en el que denunciaron supuestas estafas del recurrente por 500 millones de p

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