SIN INFORMACION

/INTENDENCIA ARICA Y PARINACOTA

Rol

Fecha

20 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado Sergio Micco Aguayo, Director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, actuando en representación del Instituto Nacional De Derechos Humanos (INDH), dedujo recurso de amparo en favor de YONAL JESÚS CONTRERAS MORA, ciudadano venezolano, numero de pasaporte 157325548, por haberse dictado en su contra de Resolución Exenta N° 8282/7593, de fecha 06 de noviembre del 2019; En favor de WILSON ANTONIO AMAYA RAMÍREZ, ciudadano venezolano, numero de pasaporte 108422276, por haberse dictado en su contra la Resolución Exenta N° 8665/7957, de fecha 18 de noviembre del 2019; En favor de don PEDRO RAÚL GUATARAMA ARAYA, ciudadano venezolano, numero de pasaporte 10.824.876, por haberse dictado en contra de Resolución Exenta N° 8323/7784, de fecha 06 de noviembre del 2019 y a favor de KCRISTIAN JOSÉ HERRERA CAMPOS, ciudadano venezolano, numero de pasaporte 15.222.094, quien fue expulsado por Resolución Exenta por el supuesto delito de ingreso clandestino, en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, representada para estos efectos por ROBERTO ERPEL SEGUEL, en su calidad de Intendente Regional de Arica y Parinacota, por haber dictado las Resoluciones antes referidas, vulnerando el derecho constitucional a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Señala que YONAL JESÚS CONTRERAS MORA, ingresó a Chile el 13 de septiembre de 2019, por un paso no habilitado junto a su mujer María del Carmen Bravo y con sus 2 hijos, de 13 y 15 años respectivamente, quienes se encontrarían escolarizados en Chile. El amparado no tendría antecedentes penales en ningún país. Agrega que la Resolución de expulsión le fue notificada el 10 de diciembre de 2019. Respecto de WILSON ANTONIO AMAYA RAMÍREZ, este Ingresó a Chile por un paso no habilitado el día 23 de agosto de 2019, se le notificó la Resolución de expulsión el 12 de diciembre de 2019. Agrega que esta

Fallo

se declara: I.- Que se omite pronunciamiento respecto de del amparado, Yonal Jesús Contreras Mora, por tener causa vigente, por los mismos hechos en esta Corte de Apelaciones. II.- Que se ACOGE el recurso de amparo deducido por el abogado Sergio Micco Aguayo, en favor de, WILSON ANTONIO AMAYA RAMÍREZ, PEDRO RAÚL GUATARAMA ARAYA Y KCRISTIAN JOSÉ HERRERA CAMPOS, en contra de la INTENDENCIA REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA, en consecuencia, se dejan sin efecto: la Resolución Exenta N° 8665/7957, de fecha 18 de noviembre de 2019; la Resolución Exenta N° 8323/7784, de fecha 06 de noviembre de 2019 y la Resolución Exenta N° 7074/6496, de fecha 04 de septiembre de 2019. Acordada con el voto en contra del abogado Integrante, don Iván Gardilcic Franulic, quien estuvo por rechazar la presente acción constitucional, respecto de los amparados, Wilson Antonio Amaya Ramírez, Pedro Raúl Guatarama Araya y Kcristian José Herrera Campos, teniendo únicamente presente que las resoluciones dictadas por la Intendencia Regional de Arica y Parinacota y, que dispusieron la expulsión de los amparados, fueron ejecutadas por la policía el trece de diciembre pasado, la eventual afectación a la libertad personal o a la seguridad individual que motivó el recurso ha dejado de existir al no encontrarse los amparados en territorio nacional, lo que impide adoptar cualquier medida en su favor. Comuníquese lo resuelto a la Intendencia de la Región de Arica y Parinacota, y al Departamento de Extranjería de la Po

Texto Completo (Preview)

Arica, veinte de diciembre de dos mil diecinueve. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado Sergio Micco Aguayo, Director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, actuando en representación del Instituto Nacional De Derechos Humanos (INDH), dedujo recurso de amparo en favor de YONAL JESÚS CONTRERAS MORA, ciudadano venezolano, numero de pasaporte 157325548, por haberse dictado en su c

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