SIN INFORMACION

LILIANA EDITH DEL CARMEN VILLEGAS CONTRA CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES.

Rol

Fecha

20 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Liliana Edith del Carmen Villegas Carrasco, trabajadora dependiente, domiciliada en Alcalde Alberto Krumm, comuna de Buin, quien deduce recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar (C.C.A.F) Los Andes, por el cobro ilegal y arbitrario de un crédito social prescrito, lo que vulnera gravemente las garantías constitucionales consagradas en los números 16 y 24 del artículo 19 de la Constitución. Expresa que al revisar la liquidación de su remuneración del mes de octubre último se percató de la realización de un descuento en la misma por concepto de “préstamos CCAF Los Andes” correspondiente a la suma de $26.215. Averiguó que la Caja de Compensación mencionada requirió a su actual empleador practicar la deducción, sin embargo, aduce jamás haber adquirido un compromiso comercial con la recurrida. Añade que según los antecedentes que pudo recabar, el descuento practicado obedece a unos créditos del año 2011 suscritos con la Caja de Compensación La Araucana, los que no fueron descontados ni pagados en su oportunidad, y los que a la fecha se encuentran absolutamente prescritos. Expone que la actitud de la recurrida es arbitraria e ilegal toda vez que nunca ha sido notificada del cobro de estas supuestas deudas, ni tampoco fue advertida por la Caja de Compensación Los Andes del descuento que se realizaría. Indica que la recurrida vulnera el derecho de propiedad sobre su remuneración, más aun cuando las acciones del crédito se encuentran prescritas y carecen de fundamento judicial válido. Señala que aparentemente lo ocurrido se debe a que se ha actuado bajo el amparo fáctico del proyecto intercajas, convenio abusivo e ilegal. Solicita que se ordene a la recurrida devolver dentro de tercero día las sumas descontadas, y abstenerse de solicitar a su empleador la retención y descuentos de su remuneración mensual, con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que a fojas 32 comparece doña Yasn

Fundamentos

fundamentos vertidos en el recurso, comunica que C.C.A.F. Los Andes ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos del crédito otorgado a la actora, excluyéndose tal operación de las planillas de cobro que se dirigen a su empleador. Asimismo, indica que su representada restituirá a la deudora toda suma que le haya sido descontada por dicho concepto y que le haya sido remesada a partir del mes de octubre de 2019. CUARTO: Que conforme a lo informado por la recurrida, en cuanto se allana a la presente acción constitucional, no cabe sino acoger el presente recurso, por cuanto ello implica que reconoce la ilegalidad y arbitrariedad de su actuación. Atendido el allanamiento de la recurrida, ésta no será condenada en costas. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción constitucional deducida a favor de doña Liliana Edith del Carmen Villegas Carrasco. Regístrese y archívese en su oportunidad. Nº 14348-2019 PROT.

Texto Completo (Preview)

En Santiago a veinte de diciembre de dos mil diecinueve Al escrito folio 85739: A sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Liliana Edith del Carmen Villegas Carrasco, trabajadora dependiente, domiciliada en Alcalde Alberto Krumm, comuna de Buin, quien deduce recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar (C.C.A.F) Los Andes, por el cob

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