SIN INFORMACION

ITURRIETA/TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Rol

Fecha

20 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales;          2.- Que los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, por lo que no será admitido a tramitación. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el recurso de protección al folio 1. Archívese. N°Protección-185500-2019. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Alejandro Madrid Crohare e integrada por la ministro (s) señora Lidia Poza Matus y por la abogado integrante señora Carolina Coppo Diez.

Fallo

se declara inhabilitada para conocer de estos antecedentes a la Ministra señora María Soledad Melo Labra. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales;          2.- Que los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, por lo que no será admitido a tramitación. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el recurso de protección al folio 1. Archívese. N°Protección-185500-2019. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Alejandro Madrid Crohare e integrada por la ministro (s) señora Lidia Poza Matus y por la abogado integrante señora Carolina Coppo Diez.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Acs/loo Santiago, veinte de diciembre de dos mil diecinueve. Atendido el mérito de la constancia de autos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inhabilitada para conocer de estos antecedentes a la Ministra señora María Soledad Melo Labra. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto res

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