CLINICA PUERTO MONTT SPA/SILVA
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Que el pagaré que se presentó con la gestión preparatoria no es un título ejecutivo perfecto, por no constar el pago del impuesto de timbres y estampillas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley 3475, ni encontrarse la firma de quien se obliga al pago autorizada ante notario. En consecuencia, la pretensión del actor en cuanto a preparar la vía ejecutiva, a través de una citación a confesar deuda y reconocimiento de firma, procedimiento establecido en los artículos 434 N° 5 y 435 del Código de Procedimiento Civil, se encuentra ajustada a derecho, sin perjuicio de las defensas que pudieren formularse por las demandadas en su oportunidad. Y teniendo presente además lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución en alzada de fecha doce de quince de abril de dos mil diecinueve, dictada por la Juez Subrogante del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt doña Macarena Muñoz Contreras, la que se deja sin efecto, debiendo proseguirse con el procedimiento en el estado en que se encontraba antes de la dictación de aquella resolución, el que deberá ser substanciado por juez no inhabilitado. Devuélvase. Rol Civil 727-2019.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veinte de diciembre de dos mil diecinueve. Visto: Que el pagaré que se presentó con la gestión preparatoria no es un título ejecutivo perfecto, por no constar el pago del impuesto de timbres y estampillas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley 3475, ni encontrarse la firma de quien se obliga al pago autorizada ante notario. En consecuencia, la pretensión de
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