SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE FRANCISCO LEONARDO VEGA CANGANA CONTRA LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA SERENA

Rol

Fecha

20 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Pilar Andrea Esquivel Mauro, abogado, e interpone acción constitucional de amparo a favor del condenado Francisco Leonardo Vega Cangana, actualmente privado de libertad en Centro de Cumplimiento Penitenciario de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, segundo semestre año 2019, por haberle denegado la concesión del beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N° 321, afectándose con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, al extender de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad. Señala que el rechazo de dicho beneficio se basa en el informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, siendo que dichos factores de riesgos fueron evaluados en detalle por la perita doña Carmen Mendieta Rivera, quien arriba a conclusiones completamente distintas al primero de los informes aludidos. En virtud de lo anterior, solicita se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada a su respecto por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándosele en su lugar el beneficio de la libertad condicional impetrado. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Copia de la resolución N° 0579-2019 pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional; 2.- Peritaje Psicosocial del amparado de fecha 12 de noviembre de 2019, evacuado por la perita Psicóloga y Asistente Social doña Carmen Mendieta Rivera; 3.- Curriculum Vitae de doña Carmen Mendieta Rivera, y sus respectivos certificados de títulos profesionales; 4.- Antecedentes de respaldo del Peritaje Psicosocial indicado en el numeral 2, correspondiente a los siguientes: Certificado de nacimiento del amparado; Dos certificados de nacimientos de los hijos del amparado, Iam y Johan, ambos d apellidos Vega Vásquez; Certificado anual de estudios enseñanza básica del amparado; Seguro de cesantía del amparado, de fecha 31 de diciembre de 2014; 2 liquidaciones de pago del amparado, de pensión de invalidez y asignación familiar, de fechas 27 de febrero de 2015 y 30 de abril de 2015; 1 diploma del taller Control emocional; y 8.- Patrocinio y poder firmado de puño y letra por el amparado. SEGUNDO: Que informando la parte recurrida a través de su Presidenta (s), la Jueza señora Paola Grecia Cortés Tapia, señala que desde el 7 al 11 de octubre recién pasado sesionó la Comisión de Libertad Condicional de esta Región para conocer diversas solicitudes sobre materias de su competencia y en relación al condenado Francisco Leonardo Vega Cangana, cédula nacional de identidad Nº 15.909.227-5, la Comisión, con los antecedentes que tuvo a la vista, decidió no concederle el beneficio de Libertad Condicional por las razones consignadas en el numeral 3º de la Resolución Nº 0579-2019 de 11 de octubre de 2019, el cual transcribe: "Que, de acuerdo a lo señalado y estimándose por esta Comisión que el condenado: Que no cumple con el requisito est

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Vega Cangana, Francisco Leonardo Comisión de Libertad Condicional Amparo art. 21 Constitución Política Rol 242-2019 La Serena, veinte de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Pilar Andrea Esquivel Mauro, abogado, e interpone acción constitucional de amparo a favor del condenado Francisco Leonardo Vega Cangana, actualmente privado de libertad en Centro de C

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