/FERNÁNDEZ
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) En folio 1 compareció el defensor penal público don Marco Fuentes Jorquera, deduciendo acción de amparo constitucional a favor de los imputados Mauricio Montenegro Rivera, Jean Olivares Gómez, Manuel Puño OlivareS, Carlos Felipe Campos López y Lenin Sáez Vega, actualmente privados de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de esta ciudad, en causa RUC 1901341657-8, RIT 8160-2019, seguida ante el Juzgado de Garantía de Copiapó; en contra de la resolución dictada en audiencia de 12 de diciembre pasado por el Juez de dicho Tribunal, don Álvaro Fernández Morales, que dispuso la prisión preventiva de los referidos imputados, aduciendo que la misma fue dictada de forma manifiestamente arbitraria e ilegal, afectando con ello su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N° 7, letra b), de la Constitución Política de la República. En síntesis, señala el libelo de autos que el imputado fue detenido por personal policial y luego formalizado en la audiencia de control de la detención por los siguientes hechos: “El día 11 de diciembre de 2019, aproximadamente a las 14:50 hrs., los imputados Mauricio Montenegro Rivera, Jean Olivares Gómez, Sebastián Montenegro Lara, Manuel Puño Olivares, Carlos Felipe Campos López y Lenin Sáez Vega, previamente concertados para cometer ilícitos, concurrieron a bordo de los automóviles marca Hyundai Accent, placa patente NA.4388 y Chevrolet Optra BFKZ.96, hasta calle Ramón Freire, frente a la agencia de buses Pullman Bus de esta comuna, lugar donde se encontraban sentados comiendo las víctimas Paolo Monárdez Casanga y Giovanni Huerta Garriga, quienes se encontraban en su horario de colación. De esta manera, los imputados Mauricio Montenegro Rivera, Jean Olivares Gómez y Sebastián Montenegro Lara, proceden a acercarse a las víctimas, abalanzándose sobre ellas, golpearlas con puños y elementos contundentes en sus cuerpos, mientras que sus compañeros de delito Manuel Puño Olivarez, Carlos Felipe Campos López y Lenin Sáez Vega, se encontraban a pocos metros del lugar, prestaron cobertura a fin de evitar que otras personas intervinieran a fin de asegurar el resultado del delito que pensaban cometer. En esos minutos, el imputado Sebastián Montenegro Lara, extrae desde sus vestimentas un cuchillo con el cual asesta reiteradas estocadas a Giovanni Huerta Garriga, a fin de vulnerar su resistencia, apoderándose así de su mochila de color verde, en la que mantenía además su teléfono celular SAMSUNG Galaxy J5, para luego todos los imputados abordar los automóviles y huir del lugar con las especies en su poder. A consecuencia de estos hechos la víctima Giovanni Huerta, sufrió la perforación de ambos pulmones, con neumotórax, encontrándose con lesiones clínicamente graves y en un estado de coma, en tanto que Paolo Monárdez Casanga, resultó con lesiones clínicamente leves, consistente en dolor parrilla costal izquierda, mano izquierda, lesión erosiva en hemicara izquierda”. El Tribunal a quo
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en el folio 1 por el defensor penal público don Marco Fuentes Jorquera, en favor de los imputados Mauricio Montenegro Rivera, Jean Olivares Gómez, Manuel Puño Olivares, Carlos Felipe Campos López y Lenin Sáez Vega. Regístrese, comuníquese inmediatamente por la vía más expedita y archívese en su oportunidad. N° Amparo-72-2019. En Copiapó, a diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó. Copiapó, diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) En folio 1 compareció el defensor penal público don Marco Fuentes Jorquera, deduciendo acción de amparo constitucional a favor de los imputados Mauricio Montenegro Rivera, Jean Olivares Gómez, Manuel Puño OlivareS, Carlos Felipe Campos López y Lenin Sáez Vega, actualmente privados de libertad en el
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