26º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./VALENZUELA

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2019

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha catorce de octubre del año en curso, y concedido en lo pertinente el día seis de diciembre de este año, en contra de la resolución de diez de octubre de dos mil diecinueve. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-15935-2019.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha catorce de octubre del año en curso, y concedido en lo pertinente el día seis de diciembre de este año, en contra de la resolución de diez de octubre de dos mil diecinueve. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-15935-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve. (dia) Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. P

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