5º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ CRISTIAN RODOLFO ARENAS TOLEDO

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2019

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparece el abogado Gustavo Eduardo Valenzuela Rojas, Defensor Penal Público, por el condenado Cristian Rodolfo Arenas Toledo, en causa RIT O- 152-2019, y deduce recurso de nulidad, en contra de la sentencia de fecha veintitrés de octubre del año en curso, dictada por el Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, mediante la cual se le condenó a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y las accesorias legales, como autor del delito de robo con violencia, en grado de consumado, cometido el 7 de agosto de 2018, en la comuna de Maipú. Por otra parte, se le condenó, a la pena de tres años y un día, de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego, perpetrado el mismo día. Las penas impuestas son de cumplimiento efectivo, principiando por la más grave. El presente recurso de nulidad se funda en la causal de la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal, en relación con el artículo 342 letra c) y 297 del mismo cuerpo normativo. Pide que la Corte de Apelaciones de Santiago, conociendo de estos antecedentes anule la sentencia y el juicio oral y los deje sin efecto, ordenando la realización de un nuevo juicio por Tribunal no inhabilitado. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes, fijándose la audiencia de hoy para la lectura del fallo. Oídos los intervinientes y

Fundamentos

considerando: Primero: Que el recurrente sustenta su libelo de nulidad en la causal de la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal, en relación con el artículo 342 letra c) pues estima que el análisis efectuado sobre la prueba rendida en el juicio oral, para dar por establecida la participación del encausado como autor del delito de robo con intimidación y porte ilegal de arma de fuego, no cumple con los requisitos del artículo 297 inciso segundo del Código Procesal Penal, lo que se traduce en que el

Fallo

fallo recurrido no contiene una exposición clara, lógica y completa que le impone la letra c) del artículo 342 del indicado cuerpo legal. Luego de transcribir los hechos de la acusación y aquellos establecidos por el tribunal a quo, refiere que fallo impugnado, incurre en la causal de nulidad invocada, toda vez que el artículo 342 letra c), exige una “exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados... y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaron dichas conclusiones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 297.”. Es precisamente este último artículo el severamente vulnerado, según el recurrente, pues si bien en su inciso primero otorga libertad de prueba, lo hace siempre bajo el prisma de no contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados y en el inciso segundo el mismo artículo 297, exige al tribunal que se haga cargo en su fundamentación de toda la prueba producida, incluso aquella desestimada, indicando las razones que hubiere tenido en cuenta para hacerlo, para dar por establecida la participación de mi representado como autor del delito de Robo con intimidación y porte ilegal de arma de fuego. La sentencia recurrida contradice los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados. En la especie, la defensa cuestionó el hecho y la participación culpable

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos: Comparece el abogado Gustavo Eduardo Valenzuela Rojas, Defensor Penal Público, por el condenado Cristian Rodolfo Arenas Toledo, en causa RIT O- 152-2019, y deduce recurso de nulidad, en contra de la sentencia de fecha veintitrés de octubre del año en curso, dictada por el Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, medi

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