14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ITAÚ CORPBANCA/COMERCIAL IMPORTIK S.A

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2019

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INHABILIDAD/INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha nueve de agosto del año en curso, en contra de la resolución de fecha seis del mismo mes y año, concedido con fecha veintisiete de noviembre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-15.530-2.019.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha nueve de agosto del año en curso, en contra de la resolución de fecha seis del mismo mes y año, concedido con fecha veintisiete de noviembre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-15.530-2.019.

Texto Completo (Preview)

fjr Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve. Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son i

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