SIN INFORMACION

FARÍAS/COMISION LC

Rol

Fecha

13 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

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Hechos

Visto: PRIMERO: Que comparece MAX TRONCOSO MORENO, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de don LUIS ALBERTO FARIAS GOMEZ, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el C.C.P. de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deduce acción constitucional de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, integrada por la Ministra de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, doña Olga Morales Medina, los Magistrados doña Constanza Sutter Lagarejos, don Humberto Paiva Passero, don Ricardo Riquelme Carpenter y don Marcial Taborga Callao; por acto ilegal y arbitrario, ejecutado mediante resolución fecha 14 de octubre de 2019 que, rechazó otorgar la Libertad Condicional al amparado. Refiere que el objeto de este recurso es que se conceda en favor del amparado la debida protección a su derecho fundamental de libertad personal, restituyendo el imperio de las garantías constitucionales, concediendo, en definitiva, la Libertad Condicional. Indica que el amparado, habiendo reunido los requisitos previstos en el D.L. 321, fue postulado a la libertad condicional del segundo semestre del año en curso, siendo rechazado por la Comisión, por “no cumplir con lo dispuesto en el artículo 2º número 3 de la Ley Nº21.124, conforme a lo informado por Gendarmería de Chile”. En concreto, la Comisión fundó su decisión en el informe psico-social elaborado por Gendarmería de Chile que para el caso no recomendaba la libertad condicional. Señala como fundamento de derecho que la Comisión funda su rechazo en un informe que, en lo concreto, no contiene conclusiones categóricas que orienten a negar la libertad condicional. Por el contrario, existe un elemento que el informe menciona someramente y que es de gran importancia, esto es, la participación de su defendido en el programa +R al interior de la unidad penal. El programa +R es un programa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Fallo

Por lo expuesto, solicita resolver que, su defendido si cumple con el requisito que la Comisión tuvo por incumplido, acogiendo la presente acción constitucional de autos, ordenando, como medida para el restablecimiento del imperio del derecho, otorgar la libertad condicional a don LUIS ALBERTO FARIAS GOMEZ, debiendo continuarse, inmediatamente, con el procedimiento legal para el efecto. Previas citas legales pide se acoja el recurso, concediendo en favor de su defendido la debida protección a su derecho a la libertad, disponiendo, como medida para el restableciendo el imperio del derecho, la concesión de la Libertad Condicional debiendo, la autoridad administrativa, continuar inmediatamente con el procedimiento legal para el efecto. Acompaña al efecto ficha de postulación a la libertad condicional e informe psico-social elaborado por GENCHI. SEGUNDO: Que informando Ricardo Riquelme Carpenter, Juez de Garantía de Talca, en su calidad de integrante de la Comisión de Libertad Condicional, señala que efectivamente en sesión de 14 de octubre de 2019, la Comisión al fundamentar su decisión, denegó el beneficio de libertad condicional, entre otros postulantes, al amparado, y para resolver de ese modo se tuvo en consideración el texto expreso del aludido artículo 2 N° 3 del decreto ley N° 321 en cuanto indica en su numeral tercero, que se debe "Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita

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Talca, trece de diciembre de dos mil diecinueve. Visto: PRIMERO: Que comparece MAX TRONCOSO MORENO, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de don LUIS ALBERTO FARIAS GOMEZ, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el C.C.P. de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deduce acción constitucional de amparo c

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