VALENZUELA VALENZUELA SANTIAGO ALFREDO / COLINA II - GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carlos Alberto Godoy Marillán, abogado, quien recurre de amparo a favor de Santiago Alfredo Valenzuela Valenzuela y en contra del Tribunal de Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II de Gendarmería de Chile, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en no incluir al amparado en el proceso de libertad condicional relativo al segundo semestre del año 2019, lo cual compromete a su respecto las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su acción, señalando que el condenado cumple con todos los requisitos previstos en el ordenamiento jurídico para que sus antecedentes sean analizados, pueda ser postulado y, eventualmente, beneficiado con la libertad condicional y que, sin embargo, la recurrida decidió excluirlo del mentado proceso, al no incorporarlo a la lista de postulantes, lo cual menoscaba su derecho a la libertad personal y seguridad individual, por lo que solicita a esta Corte acoger el presente arbitrio, ordenándole al Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II de Gendarmería de Chile que incorpore al amparado a la lista de postulación de la libertad condicional, para que de esta forma sea aquella analizada y resuelta por la Comisión de Libertad Condicional y, en consecuencia, se reestablezca el imperio del Derecho. Segundo: Que informando la recurrida a través del Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, dio cuenta que, según consta de los registros de dicha unidad penal, el amparado se encuentra interno en dicho establecimiento, condenado por el 1° Juzgado de Garantía de Santiago, 3° Tribunal Juicio Oral en lo Penal de Santiago, y del 7°Juzgado de Garantía de Santiago en causas RUC N° 0800834753-1; 0800834753-1; 0800093300-8; 0600871201-6; 0600871201-6; 0600871201-6; 0600871201-6; 0600871201-6; 0600871201-6; 0600871201-6; 0600871201-6; 0600871201-6;
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Santiago Alfredo Valenzuela Valenzuela. Regístrese, comuníquese y archívense. N°Amparo-2555-2019. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por el Ministro señor Alejandro Madrid Crohare, el Ministro (S) señora Paola Andrea Robinovich Moscovich y el Abogado Integrante señor Cristian Luis Lepin Molina.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carlos Alberto Godoy Marillán, abogado, quien recurre de amparo a favor de Santiago Alfredo Valenzuela Valenzuela y en contra del Tribunal de Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II de Gendarmería de Chile, por el acto que estima ilegal y arbitrario consisten
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