2° JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SAN MIGUEL

JESSICA ANTONIETA FLORES JAUREGUI CON COMUNIDAD EDIFICIO LAZO

Rol

Fecha

13 de diciembre de 2019

Materia

INFRACCIÓN REGLAMENTOS DE COPROPIEDADES

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, previa eliminación de sus

Fundamentos

considerandos primero y segundo. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: PRIMERO: Que doña Jessica Antonieta Flores Jáuregui, denunciante en estos autos, ha presentado recurso de apelación respecto del

Fallo

fallo rolante a fojas 42 y 43, requiriendo su revocación, en atención a que el tribunal de la instancia, desestimó su denuncia en contra del Comité Administrador de la Comunidad Edificio Lazo y su Presidente, conforme la cual solicitaba la nulidad de la multa de 1 unidad de fomento (sic), por no asistir a reunión de la comunidad, sin haber sido previamente notificada y amonestada como lo indica el Reglamento Interno de la misma. Funda su recurso en que “no puede tenerse por acreditada la validez de un cambio en el Reglamento de Copropiedad y, en consecuencia, del establecimiento y aplicación de una multa, por el solo hecho de probarse cuantas personas recibieron la citación a asamblea, más no cuantas comparecieron y con qué quórum se alcanzaron los acuerdos, incluso bajo el sistema de valoración de la sana crítica, habida consideración de las formalidades que establece la ley, cuyo cumplimiento no se ha acreditado”. Finalmente, solicita al efecto declarar que se acoge la denuncia interpuesta, en todas sus partes, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, corresponde dejar asentado que si bien el fallo refiere que la aplicación de la multa se debe a la inasistencia de la denunciante a la asamblea de copropietarios del mes de julio de 2018, fluye de la prueba rendida, en especial de la declaración de doña Liliana del Carmen Soto Fuenzalida, Administradora de la Comunidad Edificio Lazo, rolante a fs. 30, quien manifiesta “… y en el mes de julio se procedió a aplicar la multa

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Santiago, a trece de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, previa eliminación de sus considerandos primero y segundo. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: PRIMERO: Que doña Jessica Antonieta Flores Jáuregui, denunciante en estos autos, ha presentado recurso de apelación respecto del fallo rolante a fojas 42 y 43, requiriendo su revocación, en atenció

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