2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

SEPÚLVEDA//SERVIN SPA

Rol

Fecha

10 de diciembre de 2019

Materia

OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se sustanció esta causa RIT M – 2205 – 2019, caratulada “SEPÚLVEDA CON HIGIENE CLÍNICO Y SEGURIDAD”, sobre despido injustificado. Por sentencia definitiva de tres de septiembre del año dos mil diecinueve, la jueza de la causa acoge la demanda, declarando que el despido de que fue objeto la actora fue injustificado, y ordenando el pago de las indemnizaciones de término de contrato, con recargo legal, más reajustes e intereses; condena en forma subsidiaria a Clínica INDISA S.A., limitado al tiempo en que la demandante prestó servicios para esta, y condena en costas, a la demandada principal, las que avalúa en $500.000 Contra este fallo la demandada principal dedujo recurso de nulidad, por la causal que se indicará a continuación, pidiendo se declare nula la sentencia, dictando fallo de reemplazo que disponga que el despido de la actora fue justificado; el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Y

Fundamentos

considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 477, en relación al artículo 160 N°3, ambos del Código del Trabajo, por infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, y por vulneración de garantías fundamentales. Fundada en que el

Fallo

fallo la demandada principal dedujo recurso de nulidad, por la causal que se indicará a continuación, pidiendo se declare nula la sentencia, dictando fallo de reemplazo que disponga que el despido de la actora fue justificado; el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Y considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 477, en relación al artículo 160 N°3, ambos del Código del Trabajo, por infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, y por vulneración de garantías fundamentales. Fundada en que el fallo razona sobre la base que la causal de despido invocada, del artículo 160 N°3 del Código del Trabajo, por inasistencias injustificadas de los días 17, 27 y 31 de mayo de 2019, no se configura, por cuanto el despido se habría efectuado, remitiendo la carta de despido, el mismo día 31 de mayo de 2019 que se imputa como ausencia injustificada, antes de que terminara la jornada laboral de la actora, por lo que no se verificó la ausencia de un día laboral completo antes del despido. Argumenta la recurrente que lo razonado constituye una errónea interpretación de la ley, pues en ningún caso la norma dispone que el día deba ser completo, o impida realizar el despido el mismo el ultimo día que se le imputa la falta al trabajador, y, obviando estas circunstancias, el sentenciador le da un alcance diverso a lo establecido por el legislador. Indica que el hecho

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de diciembre de dos mil diecinueve. Proveyendo a los escritos folios 545977 y 546429: Téngase presente. Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se sustanció esta causa RIT M – 2205 – 2019, caratulada “SEPÚLVEDA CON HIGIENE CLÍNICO Y SEGURIDAD”, sobre despido injustificado. Por sentencia definitiva de tres de septiembre del año dos mil di

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