LOBOS/FISCO J HACIENDA
Rol
Fecha
9 de diciembre de 2019
Materia
ACTO ADMINISTRATIVO, NULIDAD DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente que el fundamento de la acción que tiene por objeto dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 1224 de 19 de noviembre de 2018, que puso término anticipado al contrato de arriendo de un inmueble fiscal, por la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Arica y Parinacota, cuyo fundamento fue el incumplimiento de obligaciones por parte de la arrendataria y demandante, lo que será materia de decisión en la sentencia definitiva, conjuntamente con la alegación formulada por la demandada, en el sentido que la acción deducida es improcedente, pero sin controvertir, como lo sostiene la actora, que se encuentra al día en el pago de las rentas y que ésta, al solicitar la medida precautoria de que se trata solamente pretende que no surta sus efectos la Resolución Administrativa atacada, que la privaría de la tenencia del inmueble sin que previamente se resuelva los
Fundamentos
fundamentos de la misma, a juicio de esta Corte cumple con lo previsto en el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, por lo que SE REVOCA, en lo apelado, la resolución de veintidós de octubre del año en curso, pronunciada en la causa Rol C-867-2019 del Tercer Juzgado de Letras de Arica, y en su lugar se accede a la medida precautoria impetrada por la actora de suspensión de los efectos de la Resolución Exenta N° 1224 de 19 de noviembre de 2018, dictada por la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Arica y Parinacota. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 430-2019 Civil.
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Arica, nueve de diciembre de dos mil diecinueve. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente que el fundamento de la acción que tiene por objeto dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 1224 de 19 de noviembre de 2018, que puso término anticipado al contrato de arriendo de un inmueble fiscal, por la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Reg
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